Imprescindible para inquilinos: conoce cómo puedes beneficiarte del alquiler con carencia
Te explicamos en qué consiste el alquiler con periodo de carencia
Si has sido inquilino alguna vez, es inevitable sentirse en una situación de desprotección. Hay ocasiones en las que puede que hayas encontrado el piso aparentemente perfecto, pero necesita algunas mejoras como pintar todos los dormitorios, hacer algún arreglo, mantenimiento, etc. Entonces, aunque lo habitual es que se empiece a pagar el alquiler desde el momento de la firma del contrato y la entrega de llaves, hay ocasiones en las que el propietario acepta lo que se conoce como periodo de carencia para llevar a cabo obras de mejora en el inmueble.
Esta carencia del alquiler es un periodo de gracia durante el cual el arrendador no recibirá compensación económica, a pesar de haber firmado el oportuno contrato de arrendamiento, explica Mapfre en su blog. Habitualmente son los inquilinos los que, en la negociación del contrato, deben pedir al arrendador un periodo de carencia y, en líneas generales, se suele solicitar cuando el inmueble arrendado no está listo para su uso porque necesita algún tipo de obras de conservación o mejora.
¿Durante cuanto tiempo? Se suele fijar en uno o dos meses y, sobre todo, debe estar reflejada en el contrato de arrendamiento. No obstante, hay que tener en cuenta que el inquilino, aunque el propietario haya aceptado dicha carencia, no está obligado a realizar las acciones que cubran la necesidad expuesta.
Por ejemplo, si un propietario acepta un mes de carencia para que el arrendatario pinte el piso antes de empezar a disfrutar del mismo, y este decide finalmente no llevar a cabo dicha acción, no se le podrá reclamar nada. Y, al contrario, si se realizan obras (que siempre tendrán que ser aceptadas por el arrendador) y se tarda más de lo previsto, el arrendatario no podrá exigir que se le amplíe dicho periodo de gracia, aclara la compañía de seguros.
Cómo reflejar el periodo de carencia en el contrato
La carencia aparece reflejada en el contrato de arrendamiento dentro de la cláusula relativa a la renta y su actualización. Bastaría con que aparezca redactada como el siguiente texto, extraído por Mafre de un contrato real: “Se concede un plazo de carencia por parte de la arrendadora a la arrendataria de 15 días para el pago de la renta, con el fin de poder acondicionar el local para su reapertura, por lo que la primera renta que se abonará será la correspondiente al mes de noviembre de 2022”.
Aunque lo normal es solicitar un mes de carencia en el alquiler de un local, bastará con que las partes lleguen a un acuerdo para fijar un periodo diferente.
Aspectos a tener en cuenta en la carencia de alquiler, según Mapfre
Empezar a pagar con posterioridad a que te entreguen las llaves de un inmueble arrendado suena interesante, pero la realidad es que hay que tener en cuenta algunos aspectos para no llevarse sorpresas indeseadas.
- Siempre hay que firmar el contrato de alquiler (aunque se haya fijado un periodo de carencia) antes de acometer ninguna obra. Por tanto, el inquilino no podrá realizar ninguna reforma hasta que tenga este documento en su poder.
- En el contrato debe aparecer el periodo de gracia y las partes se comprometen a respetarlo con independencia de que las obras se acorten o alarguen fuera de este tiempo.
- No se podrá rescindir el contrato durante el periodo que dure la carencia, puesto que este tiempo forma parte del contrato que se ha suscrito entre las partes.