Hipotecas: ¿puedo solicitar una si estoy casado en gananciales?

Te explicamos cómo afecta a la solicitud de una hipoteca haber contraído matrimonio en régimen de gananciales

Vivienda. Imagen: Pixabay.

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Cuando dos personas contraen matrimonio y se acogen al régimen de gananciales, todo lo adquirido o ganado durante el matrimonio pertenece a ambos, independientemente de cual de los dos cónyuges lo haya comprado. De la misma manera, también las deudas contraídas durante el matrimonio son comunes a los dos cónyuges.

Ante esta situación, quizás si estás casado o casada en régimen de gananciales te surja la duda de si puedes solicitar una hipoteca a una entidad financiera de forma independiente. La respuesta es sí, cualquiera de los dos miembros puede comprar una vivienda y pedir un préstamo hipotecario al banco sin el otro.

Sin embargo, conviene tener en cuenta que, según las condiciones de cada entidad financiera esta puede pedir que los dos cónyuges estén presentes en el momento de la firma o que la solicitud para la hipoteca se formalice de forma conjunta.

¿Puedo tener una vivienda de carácter privativo si estoy casado en gananciales?

Existe la posibilidad de dejar constancia por escrito ante notario si se quiere incluir un inmueble dentro del régimen de gananciales, y por tanto, que sea propiedad de los dos cónyuges, o bien, que la vivienda tenga carácter privativo. Para ello, se debe adquirir únicamente con el dinero de uno de los miembros del matrimonio, y así, acreditar que es solo propiedad de uno de ellos.

Pues, según una sentencia del Tribunal Supremo se consideran bienes gananciales aquellos «adquiridos conjuntamente por los esposos cuando consta la voluntad de ambos de atribuir carácter ganancial al bien adquirido».

Sin embargo, «si el cónyuge adquirente acredita el carácter privativo del dinero empleado, el bien será privativo». Y añade: «Si se acredita que se emplearon fondos privativos para la adquisición, el cónyuge titular del dinero tiene derecho a que se le reintegre el importe actualizado, es decir, derecho de reembolso a su favor».

¿Qué ocurre si la hipoteca es anterior al matrimonio?

Si se trata de la vivienda habitual de los cónyuges tras contraer matrimonio, a pesar de que uno de los miembros haya abonado un porcentaje de la hipoteca y sea el único titular, en el momento en que se firma el régimen de gananciales la hipoteca pasa a ser responsabilidad de los dos.

Sin embargo, si la vivienda no es la habitual, continuará siendo privativa la casa o piso de la parte que la compró antes del matrimonio, aunque el pago se realice con bienes gananciales de ambos.

Economía Digital

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