Atención a las prestaciones de dinero entre familiares esta Navidad: Hacienda vigila

Descubre en qué casos las autoridades fiscales ponen el foco

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Agencia Tributaria / EFE

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Con la llegada de la Navidad, los regalos adquieren un mayor protagonismo. Precisamente, en esta época del año muchas personas optan por regalar dinero a amigos o familiares. No obstante, conviene tener en cuenta que este tipo de operaciones también están sujetas al control de la la Agencia Tributaria. Te explicamos cuáles son los movimientos en los que el fisco pone el foco.

Un factor fundamental es la cuantía de la transferencia. Y es que, si el importe es superior a los 6.000 euros la entidad bancaria ha de avisar a las autoridades fiscales. En el caso de que supere los 10.000 euros, Hacienda puede investigar la operación y, además, la persona que la percibe deberá justificarlo debidamente en la declaración de la Renta.

También hay que poner especial atención si la transferencia se lleva a cabo a través de Bizum, una solución muy habitual para enviar y recibir dinero de manera inmediata y sin pagar comisiones.

Dos usuarios abren su aplicación de Bizum.
Dos usuarios abren su aplicación de Bizum.

A través de este método de pago, los usuarios pueden enviar dinero en cualquier momento y lugar, a través de su móvil, y el pago se hace efectivo directamente entre sus cuentas en el mismo momento de su autorización.

Sin embargo, cuando se transfiere a una misma cuenta una cantidad superior a los 5.000 euros a lo largo de un mes, o bien, más de 1.500 euros en un día, el fisco recibe una alerta.

En esta línea, también es necesario tener en mente que el préstamo de dinero entre familiares está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Dado que el gravamen está cedido a las comunidades autónomas, con competencias en recaudación y comprobación, cada región aplica sus propias normas al respecto.

Asimismo, conviene tener en cuenta que habrá que llevar a cabo los trámites vinculados al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. A pesar de que, en este caso, no se requiere efectuar un pago, si comporta la presentación en un periodo de 30 días de las correspondientes autoliquidaciones, a través del modelo 600.

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