Cuidado con Hacienda: en estos casos puede reclamar deudas antiguas
El Tribunal Supremo avala que la Agencia Tributaria pueda repetir un procedimiento si es que este no ha prescripto en el tiempo
La Agencia Tributaria ha tenido el respaldo del poder judicial en su reclamo de antiguas deudas.
El Tribunal Supremo consideró que este organismo fiscal puede repetir un procedimiento, siempre que este no haya prescripto y por más que el expediente se haya cancelado.
Según el fallo, la decisión no vulnera el derecho que no se puede juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.
El origen del reclamo
El dictamen del estamento judicial es por un caso que data de 2020, cuando el Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias determinó que un contribuyente era responsable solidario de las deudas que su madre tenía con Hacienda por ser responsable de la compañía Servicios Eléctricos Insulares, que había cesado en su actividad.
Pero más tarde anuló la decisión porque consideraba que el expediente judicial no cumplía con los requisitos necesarios: en este caso no se aportó documentación.
Así quedó rechazado el reclamo de la Agencia Tributaria por 65.000 euros en concepto del IRPF.
Hacienda reclama 65.000 euros de deudas a los hijos de una antigua empresaria
La herencia y el reclamo a los hijos
Mientras se realizaba el proceso judicial esa mujer donó a sus hijos 23 fincas, por un total de 131.692,66 euros.
Y a ellos le reclamó Hacienda las deudas de su madre. Uno de ellos es el que inició el recurso judicial contra la Agencia Tributaria
Lo que hizo el Supremo es determinar si el principio ‘non bis in idem’ -que impide juzgar a una persona dos veces por la misma causa-, permite el inicio de un segundo procedimiento judicial, luego de aquella anulación.
Según ese tribunal, ese principio no se vulnera porque el TEAR rechazó el reclamo por “motivos formales”, y ya que el reclamo no prescribió, Hacienda tiene vía libre para un nuevo procedimiento.
Así que si hay deudas antiguas que uno cree que quedan olvidadas por algún rechazo, que sepan que la Agencia Tributaria hará todo lo posible para cobrarlas. Aunque el procedimiento se haya cancelado.