Hacienda se desentiende de la devolución del IAE tras la Covid: más litigios para los ayuntamientos
El Ministerio de Hacienda no prevé articular ninguna solución o mecanismo a la devolución del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a los negocios a la que han obligado ya varios tribunales a realizar a los ayuntamientos por la restricción de actividad en el Estado de alarma
El Ministerio de Hacienda no tiene previsto articular ningún tipo de solución respecto a la eventual devolución del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a las empresas con una facturación de más de un millón de euros que abonaron este impuesto durante le estado de alarma, por lo que los posibles casos quedan en manos de la justicia con el consecuente alza de la litigiosidad para los ayuntamientos con más negocios afectados por ese tributo local.
En las últimas semanas varios tribunales de distintas provincias, como Badajoz, Alicante o Valencia, han reconocido ya en distintas sentencias a los negocios que facturan más de un millón de euros su derecho a recuperar el importe abonado por el IAE al haber tenido restringida la actividad con motivo del estado de alarma decretado en el año 2020 para frenar la pandemia.
Fuentes del Ministerio de Hacienda confirman a Economía Digital que no está previsto articular ningún tipo de solución o mecanismo legal para resolver este posible escollo legal entre los ayuntamientos y los negocios que facturaron más de un millón de euros, de forma que los eventuales casos de devolución de importes que se puedan producir por este tributo local se tendrán que dirimir en los tribunales o por ‘motus propio’ por los ayuntamientos.
Con todo, se trata de una situación de envergadura muy distinta a lo sucedido meses atrás con la plusvalía municipal, ya que, en ese caso, el Tribunal Constitucional había declarado nulos los artículos que regulaban la base imponible y, por ello, el impuesto no se podía liquidar ni exigir, de forma que el departamento de María Jesús Montero se vio obligado a articular una solución para poder asegurar esos recursos millonarios a los entes locales.
Las opciones tras las sentencias
Una sentencia emitida por el Juzgado de Valencia el pasado mes de enero obligó a su ayuntamiento a devolver a un restaurante más de 26.000 euros de cuota del IAE de forma proporcional al tiempo que el negocio tuvo que afrontar las restricciones, con lo que se abrió la puerta a la reclamación por parte de otras actividades del impuesto que abonaron mientras se prohibía trabajar por el Estado de alarma, tal y como ha venido sucediendo con múltiples recursos desde entonces.
Las sentencias de los últimos meses y del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura han estimado los recursos de los contribuyentes y anulado los recibos de 2020, por considerar que las restricciones durante el estado de alarma han supuesto una paralización obligada de la actividad que ha impedido la producción del hecho imponible del IAE. Como señala el TSJ extremeño, en sentencia de 2 de diciembre de 2021 , “una situación de excepcionalidad ha conllevado una grave merma de ingresos de las empresas, que han visto cerrados temporalmente sus negocios”.
Desde la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL) señalan a Economía Digital que el IAE es un tributo local que tienen que abonar las empresas con importe de la cifra neta de negocio igual o superior al millón de euros y que representaba en el conjunto de España en 2019, el año anterior a la pandemia, una recaudación de 1.614.039.000 euros, sin embargo aunque el «sentido común» y un «básico principio de justicia tributaria» llevase a pensar que el criterio de devolución puede extrapolarse con carácter general, no es así.
Por un lado, la mayoría de los ayuntamientos establecieron bonificaciones para los contribuyentes afectados y no todas las actividades integradas en el IAE tuvieron que cesar durante las restricciones, explican los inspectores de la Hacienda local, que remarcan también la importancia de conocer la regulación legal del impuesto.
La cifra de negocio a considerar cada ejercicio es el relativo a dos años antes. Cuando se exige el recibo de 2020 se tiene en cuenta el importe de la cifra de negocio de 2018 y así sucesivamente, lo que significa que el impacto sufrido en la facturación de 2020, producirá la exención en 2022 si no se alcanza el millón de euros.
«El propio IAE, como se ha señalado, tiene fórmulas, dentro de sus limitaciones, que pueden evitar una presunta inconstitucionalidad», añaden los inspectores de la Hacienda Pública Local. Así las cosas, el panorama resultante contempla dos opciones: si el contribuyente recurrió en plazo contra el recibo del IAE de 2020 y la Administración Tributaria desestimó su pretensión, serán los tribunales quienes resuelvan caso por caso. Sin embargo, si la liquidación adquirió firmeza, siguiendo el criterio del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo, difícilmente procederá la estimación del recurso.
Devolución a cargo de los ayuntamientos
En la misma línea valora la situación el secretario técnico del REAF-Consejo de Economistas, Luis del Amo, quien apunta que a priori serán los ayuntamientos los encargados de devolver los eventuales importes, en aplicación de la Regla 14.4 de la Instrucción de las Tarifas del IAE.
Dado que por ahora las sentencias son de tribunales superiores de justicia y no del Tribunal Supremo, no hay asentada jurisprudencia y por ello «no parece que se vayan a establecer criterios masivos de devolución». Es posible que no haya que llegar a eso y, por la vía de la regla 14.4, es posible que se pueda solicitar la devolución y obtenerla del Ayuntamiento que corresponda». explica.
Con todo, los expertos consultados por este medio dan por seguro un aumento de la litigiosidad para muchos ayuntamientos en los que se localicen negocios con facturación de más de un millón de euros que recurriesen el abono del impuesto local. Mientras se resuelven los casos, el comité de expertos designado por el Ministerio de Hacienda recoge en su polémico informe la recomendación de suprimir este tributo local.
Además de la eliminación del IAE, los expertos de Montero instan a acometer una reforma tributaria con un importante peso de la fiscalidad ‘verde’ para recaudar 15.000 millones de euros más, como con los impuestos al queroseno, plásticos o billetes de avión, así como llevar a caso la armonización fiscal de los impuestos patrimoniales, revisar los tipos reducidos del IVA para dejarlo en uno solo y equiparar la fiscalidad del diésel a la de la gasolina. También eliminar privilegios a políticos, gravar más alcohol y tabaco y elevar al 21% el IVA de las bebidas en los bares y restaurantes.