Hacienda controla tus cuentas bancarias: qué datos vigila la Agencia Tributaria
Los bancos están obligados a dar información a Hacienda sobre las cuentas bancarias y los movimientos sospechosos
Hacienda vigila tus cuentas. Los bancos están obligados a comunicar a la Agencia Tributaria las cuentas abiertas en la entidad y los movimientos sospechosos que se produzcan con el fin de combatir el fraude y el blanqueo.
Qué datos vigila la Agencia Tributaria
Las entidades financieras están obligadas a comunicar a la Agencia Tributaria información sobre las cuentas abiertas en el banco. Cuando un cliente abre una cuenta, dispone de un plazo de 90 días para comunicar a la entidad su residencia fiscal. De no hacerlo, la normativa establece que la cuenta debe ser bloquedada
Además del domicilio fiscal y de residencia de los titulares de las cuentas, las entidades, también deben comunicar a la Agencia Tributaria los siguientes datos:
- El nombre, apellidos o razón social del titular.
- Número de cuenta y saldo al final del año natural considerado.
Con la información que comunicada a la entidades, la Agencia Tributa puede intercambiar datos con otros países y combatir el fraude y el blanqueo.
Movimientos sospechosos
Existen ciertos movimientos financieros que llaman especialmente la atención de Hacienda. Por ejemplo, los bancos extreman la vigilancia en las transacciones que superen los 10.000 euros, así como a los préstamos y créditos por encima de los 6.000 euros. Estos movimientos pueden ser considerados de alto riesgo y requieren una mayor vigilancia.
La información que los bancos deben proporcionar a Hacienda incluye el saldo de las cuentas de los clientes, los intereses generados y las inversiones realizadas, como fondos de inversión, depósitos y acciones. Estos datos son utilizados por la Agencia Tributaria para realizar el borrador de la declaración de impuestos y hacer una estimación de las ganancias del contribuyente.
Además de la información anual para la declaración de impuestos, los bancos también deben poner a disposición de Hacienda justificantes de otros tipos de transacciones. Según la Ley 7/2012, los bancos deben proporcionar información sobre los pagos y cobros en efectivo que superen los 3.000 euros, independientemente de si se realizaron en cajeros automáticos o en ventanilla.
Multas por no avisar
Si un cliente realiza transferencias superiores a los 10.000 euros sin informar a Hacienda, puede enfrentar posibles multas que van desde los 600 euros hasta el 50% del monto enviado.
Además, en ciertos casos, es necesario justificar el origen de los fondos. Si no se puede demostrar el origen legítimo de los mismos, las sanciones pueden ser aún más severas, con multas que van desde los 60.000 euros hasta más de 150.000 euros.