Estos son los autónomos más perjudicados por Hacienda

El nuevo sistema de cotización para los autónomos se realiza a partir de ingresos reales

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

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El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales.

Con este, a inicios de cada año o en el momento de darse de alta como autónomo, cada persona deberá comunicar una estimación de sus ingresos. Un año después, la cuantía se ajusta y se devuelve o hay que pagar, en función de si se realizó una estimación al alza o a la baja y, posteriormente, lo podrán modificar.

Asimismo, al ser un gasto deducible en la Renta, obligaría a modificar cada año la declaración presentada el año anterior. Es aquí cuando la situación se complica. Como explica a The Objetive el abogado tributista de GVA & Asociados, Pablo G. Vázquez, el trabajador por cuenta propia puede comunicarle a la Seguridad Social una cuantía menor para pagar una cuota más pequeña.

Golpe de Hacienda a los autónomos

Es por ello, que Hacienda aboga por no tocar el ejercicio ya declarado, imputando el mayor o menor gasto deducible al ejercicio en el que se conoce la cotización correcta, evitando así sus declaraciones complementarias. Estas se utilizan para corregir o complementar una declaración anterior en la que hay un error.

Los autónomos deben hacer una estimación de sus ingresos. Foto Freepik

Sin embargo, esta decisión esquiva la Ley General Tributaria, que prevé modificaciones por rectificación de la autoliquidación (cuando se cotiza menos) o la declaración complementaria (cuando se cotiza de más), tal y como recoge el mismo medio.

Sobre ello, Vázquez asegura que con esta resolución, la Agencia Tributaria obligatoriamente va a imputar fiscalmente la regularización al ejercicio en que se materializa, a partir del artículo 89.1.2 LGT.

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