El Gobierno endurece la legislación sobre las ‘puertas giratorias’
El anteproyecto de ley aprobado en Consejo de Ministros establece la creación de un registro de grupos de interés e impide a los cargos públicos hacer lobby hasta dos años después de dejar su cargo
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley para mejorar el control de los grupos de presión, los conocidos como lobbies, y endurecer la legislación sobre las puertas giratorias al impedir a los cargos públicos que puedan ejercer la labor de lobby en los dos años después de su cese en el cargo.
Con esta norma, España cubre una «carencia» en su ordenamiento jurÃdico a la hora de transparentar las actividades legÃtimas de estos grupos y responde a una demanda de la sociedad civil y de instituciones como la Unión Europea, ha indicado la ministra de Hacienda y Función Pública, MarÃa Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Dificultar las puertas giratorias
El anteproyecto de Ley de transparencia e integridad en las actividades de los grupos de interés busca combatir las puertas giratorias al establecer que un alto cargo público no podrá realizar actividades de lobby en materias relacionadas con sus competencias a lo largo de lo dos años siguientes al cese de su cargo.
La ministra ha explicado además que, para garantizar una mayor transparencia, las actividades de estos grupos de presión que influyen en un proyecto normativo quedarán reflejadas en la memoria de impacto de la misma, con lo que se crea una huella que permitirá en cada ley saber quienes y en qué momento han participado a la hora de elaborarla. En cuanto al régimen sancionador, el anteproyecto indica que determinadas infracciones podrán suponer la expulsión del registro hasta tres años, lo que conlleva la imposibilidad de concurrir en la elaboración de normas.
Registro de grupos de interés
El anteproyecto regula las relaciones entre estos grupos y los altos cargos de la administración general del Estado y el sector público. Recoge, en concreto, qué se considera actividad de influencia, que el texto describe como toda comunicación directa o indirecta con el personal público con la finalidad de influir o intervenir en la toma de decisiones públicas en el momento de diseño o ejecución de proyectos normativos. Se trata, ha añadido la ministra, de toda la actividad que un grupo desarrolla para tratar de influir de manera legÃtima en los responsables públicos a la hora de elaborar una ley.
Uno de los puntos nucleares del anteproyecto es la creación de un registro de grupos de interés de la administración general del Estado que va a garantizar la «transparencia» sobre el conjunto de actividades que desarrolla cada grupo y que estará disponible en el portal de transparencia y en la web de la oficina de conflicto de intereses.
Los datos más relevantes que estarán registrados para el control de estos grupos van desde la sede y domicilio hasta las reuniones que se mantienen con el personal público de la administración general del Estado (altos cargos o funcionarios que participan en la elaboración y diseño de las normas), pasando por la información sobre los ámbitos de interés o la información financiera (indicando de forma expresa la parte imputable a la actividad de influencia).
El proyecto normativo establece además que los no inscritos en el registro no podrán reunirse con personal público para ejercer esas actividades de influencia y que los anotados en el mismo tienen que cumplir con un código de conducta que prohÃbe ofrecer regalos o favores a los responsables públicos.
No se considera lobby las relaciones que las propias administraciones públicas tienen entre sÃ, con los organismos públicos, las organizaciones internacionales públicas (como ONU o Unicef) o autoridades públicas extranjeras, las organizaciones empresariales o sindicatos, los partidos polÃticos y los colegios profesionales.