Bruselas da margen para la reforma laboral pero el Gobierno fija reuniones diarias para cerrarla este año
El Gobierno propone la posibilidad de suscribir un contrato de interinidad por vacante por un máximo de 90 días y que sea cubierto por un contrato indefinido
Bruselas ha lanzado un flotador al Gobierno de Pedro Sánchez al abrir la puerta a que la reforma laboral pueda aprobarse en 2022, más allá de la fecha límite comprometida del 31 de diciembre en el Plan de Recuperación, si bien el Ministerio de Trabajo mantiene el ‘deadline’ y programa reuniones diarias para cerrar la reforma este año.
La Comisión Europea ha instado este mismo viernes al Gobierno a cumplir los plazos previstos en el Plan de Recuperación, es decir, dar luz verde a la reforma laboral dentro del cuarto trimestre del año, pero ha precisado que la fecha del 31 de diciembre es «indicativa».
La portavoz comunitaria Arianna Podestá ha animado a las autoridades españolas a «respetar el plazo previsto y aprobar la reforma del mercado laboral en el cuarto trimestre de este año, conforme a los compromisos enunciados en la decisión de ejecución del Consejo».
Fuentes comunitarias confirman a Economía Digital que los plazos recogidos no son totalmente inamovibles, aunque en Bruselas ven mejor que se cumpliese ese plazo del cuarto trimestre, pero dan margen para que se cierre con consenso con patronal y sindicatos una reforma «más consistente», incluso a lo largo del primer semestre del año 2022.
Aunque los Estado es miembros deben implementar sus planes «tal y como han sido aprobados» por el Consejo, incluyendo «objetivos claros con fechas de calendario», Podestà ha puntualizado que los plazos son «indicativos», si bien los Estados deben hacer «todos lo posible» para garantizar la puesta en marcha de las reformas en «tiempo útil», informa Europa Press.
Reuniones diarias
A pesar de este margen dado por Bruselas, en la reunión de este viernes de la mesa de diálogo social para la modernización del mercado de trabajo se ha consensuado programar reuniones a diario desde el próximo lunes con el fin de lograr un acuerdo tripartito antes de que termine el año.
Desde el Ministerio de Trabajo insisten en mantener el plazo recogido en el Plan de Recuperación de aprobar la reforma laboral y que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el plazo estipulado y comprometido con Bruselas: antes del 31 de diciembre.
Desde el pasado 17 de marzo el Gobierno mantenía reuniones semanales con. los agentes sociales, pero ante la proximidad del plazo temporal fijado desde mediados de noviembre duplicó las reuniones (martes y viernes) y en las últimas dos semanas las triplicó (martes, miércoles y viernes). Desde la próxima semana serán diarias.
La idea del Gobierno pasa por aprobar vía real-decreto ley la reforma en el Consejo de Ministros, sin descartarse que pueda ser el último del año del 28 de diciembre, apenas unos días después de la aprobación definitiva de los Presupuestos de 2022 en el Senado, y que la reforma sea presentada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la tradicional comparecencia de balance del año.
Así, se publicaría en el BOE antes de que acabe el año, siendo unos pasos suficientes para que Bruselas valide el hito comprometido en el Plan de Recuperación, al margen de que en enero se tramite en el Parlamento como proyecto de ley.
Nueva propuesta: contrato de interinidad por vacante de hasta 90 días
En el último encuentro de este viernes, el secretario de Estado de Empleo y Economía social, Joaquín Pérez Rey, ha trasladado un nuevo documento con los planteamientos del Gobierno, que confirman la eliminación de los límites a la temporalidad por plantilla y abren la puerta a que sean por días. Fuentes sindicales aseguran que no se han producido «avances significativos».
En concreto, sobre el artículo 15 (temporalidad) del Estatuto de los Trabajadores, el Gobierno propone incorporar, de nuevo, la posibilidad de suscribir un contrato de interinidad por vacante, limitando este tipo de sustitución por vacante a un tiempo indispensable, no superior a 90 días , y sobre todo que la vacante sea cubierta por un contrato indefinido .
Según informa UGT, debido a las aportaciones técnicas que ha realizado el Gobierno entregará un nuevo texto para consensuar posturas. Desde UGT insisten que es primordial ,al tiempo que se regula la contratación temporal para que de respuesta a las necesidades objetivas de las empresas , se regule con la misma intensidad las sanciones asociadas al uso fraudulento de la contratación temporal.
En el mismo sentido el Gobierno traerá una nueva redacción del artículo 16, sobre el contrato fijo-discontinuo, que pueda concitar el acuerdo de todas las partes en función de las aportaciones técnicas realizadas este viernes.
UGT ha vuelto a exigir que se reconozca la prioridad aplicativa del convenio sectorial frente al convenio de empresa de forma expresa en lo concerniente a salarios y jornada. En esta fase final de negociación defiende que se reduzca los porcentajes de temporalidad, que acabe con la precariedad y que definitivamente reequilibre las partes en la negociación colectiva con el objetivo de «dignificar las relaciones laborales, los salarios y las condiciones de los trabajadores».
El Gobierno eliminó los límites a la temporalidad por plantilla
Ya en la reunión del martes el Gobierno dio un paso decisivo al eliminar los polémicos límites a la contratación temporal en el mercado de trabajo que había fijado para la nueva modalidad ocasional, cuya propuesta había sido calificada desde CEOE como “ideológica” e “intervencionista”, y se deja su limitación a la negociación colectiva con la posibilidad de recibir apoyo público si se acometen planes que reduzcan la temporalidad.
De esta forma, el Ejecutivo dio paso más con los agentes sociales tras los avances registrados ya la semana pasada en materia de temporalidad y fijos-discontinuos, planteando límites por días y no por plantilla, toda vez que CEOE presentó su propuesta de reforma en la que dejaba clara su oposición a los límites a la temporalidad. CEOE pide que ese límite por días sea de al menos de 120 días, pero los sindicatos buscan limitarlo a 75 días.
El texto mantiene que la firma de un contrato de trabajo presupone que sea de carácter indefinido, limitándose los de duración determinada por circunstancias de la producción a una duración máxima de seis meses ampliables a un año por convenio, o por la sustitución de trabajadores hasta su reincorporación, en tanto que suprime el punto que fijaba que cuando una vacante fuese ocupada por un contrato temporal para campañas ocasionales durante más de cinco meses en un año tuviese que hacer se indefinido.
El borrador del Gobierno mantiene que los contratos temporales contemplados para las campañas ocasionales y previsibles, que se incluirán en el marco de las causas de producción, tendrán una duración máxima de 90 días al año y las compañías estarán obligadas a remitir a la representación de los empleados una previsión anual sobre el uso de este tipo de contratos.
Junto a la eliminación de los límites a la temporalidad, el nuevo planteamiento del Ejecutivo establece también la posibilidad de que la negociación colectiva entre empresas y sindicatos consensúen planes de reducción de la temporalidad y estos podrían llegar a recibir apoyo público.
Así, los trabajos que obedezcan a circunstancias de la producción, a cubrir con estos contratos, podrán ser identificados en los convenios colectivos, que podrán establecer también unos criterios generales para calibrar la relación entre el volumen de la contratación temporal y la plantilla total en la compañía en cuestión.
El Gobierno quiso fijar en un principio un límite del 15% a la temporalidad, que ante el rechazo de CEOE varió a límites en función del tamaño que pasaban por fijar un contrato temporal en los casos de 1 a 5 trabajadores; dos de 6 a 10 trabajadores; tres de 11 a 30 personas; cinco o el 8% de la plantilla de de 31 a 100 empleados; 15 o el 17% de la plantilla de 101 a 500 personas y 30 o el 4% de la plantilla en el caso de empresas de más de 500 trabajadores en plantilla. En el caso del sector agrario, el número tope de contratos a realizar en cada tramo será un 50% superior.
En su lugar, la propuesta remitida por CEOE pasa por un solo contrato temporal pero con 6 causas de producción, además la prevista para contratas, subcontratas y licitaciones de la administración (cuando no puedan considerarse personal fijo discontinuo) y cuatro causas de sustitución que coincidirían con las planteadas por el Gobierno, relativas a la reserva de puesto de trabajo, vacaciones, reducción de jornada y cobertura de vacante.
Fijos-discontinuos
En los últimos días las partes negociadoras ya habían coincidido más en lo referido a la propuesta realizada desde hace tiempo por el Ministerio de Trabajo de potenciar a la figura de los fijos-discontinuos (artículo 16 del Estatuto), adaptándola a las necesidades del tejido productivo, junto a la eliminación de cargas administrativas y burocráticas y desarrollar su régimen jurídico mediante la negociación colectiva.
Ahora también se atiende otra petición de CEOE: que no computen todo el tiempo de este tipo de contratos tanto para la antigüedad como para la representación de los trabajadores, así como que la falta de incorporación sea considerada causa de extinción (dimisión), algo que los sindicatos avisaban que no compartían.
Igualmente, los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán fijar una bolsa sectorial de empleo en la que se podrán integraros lo trabajadores fijos-discontinuos, y tendrán prioridad para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Los empresarios pedían prioridad en el acceso a las iniciativas de formación profesional durante los periodos de inactividad y en el futuro Mecanismo RED que regulará los futuros ERTE tras la pandemia.