El Gobierno aprueba revisar al alza los contratos públicos en obras por el encarecimiento de materiales
El Gobierno revisará los contratos públicos para compensar por la subida de precios de las materias primas, sin incluir el precio de la energía, y aprueba las medidas acordadas con los transportistas que prohíben que asuman el alza de los carburantes o los camioneros hagan carga y descarga
El Gobierno ha atendido al fin una de las principales reivindicaciones de los empresarios en los últimos meses, que reclamaban una revisión de los contratos públicos ante el encarecimiento de las materias primas. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con medidas de carácter extraordinario para permitir una revisión excepcional de los precios de los contratos públicos de obras afectados por la subida de los precios de los materiales.
Los precios de las materias primas se han desbocado durante el último año como consecuencia de su escasez tras la reanudación de la actividad tras los confinamientos, la alta demanda y la crisis de suministros en las cadenas globales y, de hecho, la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) estima que ello ha supuesto ya la paralización de casi 500 obras por un valor de 230 millones de euros.
Así, de manera excepcional, en los contratos públicos de obras, ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte del sector público estatal y que se encuentren en ejecución coincidiendo con la entrada en vigor del real decreto-ley se reconocerá al contratista la posibilidad de una revisión excepcional de precios. La revisión excepcional se realizará cuando el aumento de los costes haya tenido un impacto relevante en el contrato durante el año 2021, superior al 5% del importe certificado en ese ejercicio y hasta un máximo del 20%.
La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha señalado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que las medidas buscan afrontar la «magnitud» y el «carácter imprevisible» del aumento de precios de determinadas materias primas en el último año indispensables para la realización de determinadas obras públicas, como materiales bituminosos, siderúrgicos, aluminio o cobre, que excede del que puede ser incluido en los riesgos que el contratista ha de asumir en todo contrato público.
Plazo de dos meses de solicitud y no compensará por el alza de la luz
La revisión afecta a los contratos de obras en los que no se contemplaron sistemas de revisión de precios y también a aquellos contratos que sí incorporaron en sus pliegos cláusulas de revisión, en relación con los períodos en los que dicha revisión aún no sería posible por no haberse ejecutado el 20% del contrato o haber transcurrido menos de dos años desde su formalización (requisitos que prevé la Ley de Contratos del Sector Público). Esta norma también será aplicable en el ámbito de las comunidades autónomas y ciudades autónomas que así lo acuerden.
Asimismo, el órgano de contratación será el competente para aprobar la revisión excepcional de precios, si procede, previa solicitud del contratista, que deberá presentarla en el plazo de dos meses a contar, bien desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley, bien desde la publicación de los índices de mensuales de los precios de los componentes básicos de costes, relativos al último trimestre de 2021, si esta publicación fuera posterior.
La solicitud irá acompañada de la documentación necesaria que acredite que se cumplen las condiciones para la revisión del contrato. Y el órgano de contratación deberá comprobar que se reúnen las circunstancias establecidas. La cuantía resultante de la revisión excepcional se aplicará en la certificación final de la obra, como partida adicional, en función de la variación, al alza o a la baja que hayan experimentado los precios cada año, ajustándose así al principio de simetría de la legislación sobre desindexación.
Aunque el órgano de contratación estará facultado para realizar pagos a cuenta por el importe de la revisión calculada a la fecha de pago de cada certificación de obra. De la misma manera, el contratista que perciba la cantidad resultante de esta revisión excepcional deberá repercutir al subcontratista la parte que le corresponda por la porción de obra subcontratada.
Entre los elementos del contrato potencialmente revisables por este procedimiento excepcional no se incluye el precio de la energía, ya que el Gobierno considera que ya ha adoptado importantes medidas para amortiguar el impacto de la subida de los precios mayoristas de la electricidad en la factura de hogares y empresas, como la rebaja del IVA o del Impuesto Especial sobre la Electricidad, así como la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, entre otras.
Medidas para transportistas
También ha aprobado el Gobierno el real decreto-ley de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera, se materializa el acuerdo alcanzado el pasado 17 de diciembre entre el Ministerio y el departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera, que evitó la huelga prevista para finales de año.
Entre las 20 medidas se incluye la prohibición con carácter general de que el conductor realice la carga y descarga de la mercancía y soportes en vehículos superiores a 7,5 toneladas, permitiendo excepciones puntuales recogidas en el propio texto. También figura la reducción del tiempo de espera a partir del cual el transportista tendrá derecho a indemnización cuando hace una carga o descarga, de las dos horas actuales a una hora, incluyéndose además una disposición relacionada con el cálculo de las indemnizaciones al transportista por daños ocasionados que impliquen la paralización del vehículo.
Se añade también la revisión obligatoria del precio del transporte ante la variación del precio del combustible desde el momento de la contratación hasta la realización efectiva del transporte, ligado a los índices que se publiquen en la página web de Ministerio, y la incorporación del régimen sancionador vinculado al cumplimiento del paquete de movilidad aprobado por el Reglamento Comunitario en cuanto a tiempos de conducción y descanso y “vuelta a casa del vehículo” cuando hace transporte internacional
Otras medidas son la simplificación de requisitos burocráticos de cara al uso de megatrailers y duotrailers; ampliar para determinados tipos la altura máxima permitida a 4,5 metros y un código de buenas prácticas mercantiles en la contratación del transporte terrestre de mercancías, entre otras. La titular de Transportes ha avanzado que se trabaja en otro paquete para el mantenimiento del régimen actual del gasóleo profesional durante la presente legislatura, hacer posible la transformación de áreas de descanso con una dotación de 20 millones del Plan de Recuperación, la conversión y mejora de aparcamientos y 140 millones del fondo europeos para digitalización de empresas del transporte y mejora de capacitación digital de los profesionales.