Gobierno y agentes sociales alcanzan un acuerdo sobre la reforma de las pensiones
El Gobierno y los agentes sociales (patronal y sindicatos) han logrado un preacuerdo para el primer paquete de la reforma de las pensiones que incluye la derogación del factor de sostenibilidad este año y la revalorización de las pensiones con el IPC
El Gobierno y los agentes sociales han logrado alcanzar este lunes un principio de acuerdo para el primer paquete de la reforma del sistema de pensiones, que incluirá aspectos clave como la revalorización de las pensiones contributivas con arreglo al IPC, en endurecimiento de la jubilación anticipada y mayores incentivos a la demorada para aproximarse a la edad legal de jubilación (66 años) o la derogación del factor de sostenibilidad del año 2013.
Así lo han señalado a Economía Digital en fuentes del diálogo social, que destacan que se trata de un principio de acuerdo porque, a diferencia de los sindicatos, la patronal CEOE tiene que ratificarlo antes en sus órganos de dirección, pero desde la patronal señalan a este medio que está asegurada su aprobación y la firma del acuerdo.
La reforma de las pensiones es una de las reformas estructurales señaladas por los organismos internacionales y nacionales desde hace año y da respuesta a las recomendaciones del Pacto de Toledo, tras haber quedado recogida y comprometida con la Comisión Europea en el componente 30 del Plan de Recuperación,Transformación y Resilienia y ahora verá la luz en un texto normativo desarrollado como anteproyecto de ley.
Precisamente el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, afirmó este lunes que confiaba en cerrar esta semana el acuerdo sobre las pensiones para un periodo de 25 años, hasta la década del 2040, cuando se jubilará la llamada generación de ‘baby boomers’ y la presión del gasto de pensiones será mayor.
Adiós a la reforma de 2013
CCOO y UGT han señalado en un comunicado que el acuerdo supone la derogación de la reforma de 2013, de manera que incluye una nueva fórmula de revalorización de pensiones ligada al IPC medio registrado que garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo, tras derogarse el índice de revalorización de las pensiones (IRP) que limitaba el alza anual de las pensiones al 0,25% en situaciones de déficit.
Junto a ello, se deroga también el factor de sostenibilidad, que suponía la minoración de la pensión inicial en relación a la evolución de la esperanza de vida. De este modo se devuelve el sistema de pensiones a la garantía de la suficiencia de las prestaciones tanto de los actuales pensionistas como para los futuros jubilados.
Destaca igualmente la inclusión del compromiso del Estado como garante público del sistema de pensiones, incluyéndose en la Ley General de Seguridad Social una cláusula mediante la que anualmente se realizará una transferencia a través de los Presupuestos Generales del Estado del entorno a de un 2% del PIB. Se culmina así el cumplimiento, hasta la fecha, del principio de separación de fuentes y se garantiza desde ya cerca de la mitad del incremento de financiación adicional que se prevé que necesitará el sistema de pensiones para el año 2050.
El acuerdo de pensiones incluye también medidas orientadas a una revisión del modelo de jubilación anticipada. Se reducen de forma generalizada los coeficientes reductores, se da mayor equidad a las reglas de jubilación anticipada para los voluntarios e involuntarios, y se amplían los derechos de jubilación en varias modalidades.
Se iguala en este marco los derechos vinculados a los periodos de servicio social femenino obligatorio al que ya disfrutaban los del servicio militar. El acuerdo refuerza igualmente el sistema de incentivos para garantizar la adecuación voluntaria de la edad efectiva (64,6 años) y legal de jubilación (66 años en 2021 y 67 años desde 2027).
También se desarrolla una batería de medidas por la que se reconocen nuevos derechos o se amplían algunos de los que ya existían, entre los que destaca la equiparación de la pensión de viudedad para las parejas de hecho, la extensión del derecho a cotización por todos los programas de formación (becas) vinculados a estudios universitarios o de formación profesional tengan o no carácter remunerado, o la mejora de los convenios especiales de cuidadores familiares de personas en situación de dependencia, entre otros.
Escrivá cede y derogará el factor de sostenibilidad este año
Fuentes conocedoras y partícipes del diálogo social confirman a Economía Digital que Escrivá ha acabado cediendo en lo que hasta ahora ha sido el principal escollo de las negociaciones que ha ido retrasando el acuerdo varias semanas desde que anunció un acuerdo “inminente”: el factor de sostenibilidad.
Finalmente se recoge la derogación en 2021 del factor de sostenibilidad fijado por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy y que conllevaba un ajuste de las jubilaciones conforme a la esperanza de vida.Leer más: Escrivá cede para facilitar el acuerdo en pensiones
Tras la eliminación del polémico factor, reclamado durante años por los sindicatos CCOO y UGT, se negociará de aquí al 15 de noviembre y “previa negociación en el marco del diálogo social” un mecanismo de equidad intergeneracional que operará a partir de 2027”, si bien, según el texto de la futura norma, el nuevo mecanismo “deberá estar definido en el momento de entrada en vigor de esta ley”.
El componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia recoge que se aprobará antes de que acabe 2022 la sustitución del factor de sostenibilidad por otro mecanismo de solidaridad intergeneracional en el acceso a las pensiones negociado con los interlocutores sociales y avalado por el Pacto de Toledo que, corrigiendo desequilibrios estructurales, “sin sobrecargar en las generaciones más jóvenes el ajuste provocado por la llegada a la edad de jubilación de los baby-boomers, y con capacidad de operar en los parámetros del sistema en la esfera de ingresos y/o gastos”
Revalorización con IPC
Con la nueva reforma, se garantiza que las pensiones en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán cada 1 de enero de acuerdo con la inflación media anual registrada en noviembre del ejercicio anterior. En el caso de que se produzca un año de IPC negativo, las pensiones quedarán inalteradas.
Como regla adicional, con el objetivo reforzado de “preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y garantizar la suficiencia económica de los pensionistas”, el Gobierno y los interlocutores sociales realizarán, en el marco del diálogo social, una evaluación periódica, cada cinco años, de los efectos de la revalorización anual.
De dicha evaluación quinquenal se dará traslado al Pacto de Toledo, y contendrá una propuesta de actuación si fuese necesario corregir alguna desviación para preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones.
Penalización de entre el 2,81% y el 21% por cada mes que se adelante la jubilación
En cuanto a los coeficientes reductores por jubilación anticipada, señala que, como excepción, se aplicarán los coeficientes reductores correspondientes a la jubilación por causa no imputable al trabajador en aquellos supuestos en los que quien se jubila anticipadamente de forma voluntaria esté percibiendo el subsidio de desempleo desde hace, al menos, tres meses.
El texto apunta que con el fin de reforzar la equidad de esta modalidad de pensión, los coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía de la pensión respetando la limitación máxima. Además, la eliminación de la regulación hasta ahora aplicable en los supuestos en los que la pensión teórica quedaba por encima de ese límite se hará de forma progresiva a lo largo de un periodo de doce años.
En detalle, para aquellos trabajadores que tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses, el adelanto de su jubilación 24 meses supondrá una reducción de entre el 21% y el 3,26% (1 mes antes); para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).
El coeficiente reductor pasará a ser del 17% si los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes, pero ésta irá modulándose según se acerque a su edad de acceso a la jubilación y se situará en el 2,81% un año antes.
No obstante, el Ministerio dará de margen hasta el 30 de septiembre para que empresas y trabajadores negocien y alcancen un acuerdo ajustes de plantilla que incluyan jubilaciones anticipadas previstas para más allá del 1 de enero de 2022 para evitar las nuevas penalizaciones. El Gobierno busca evitar que las penalizaciones perjudiquen a quienes contemplen ya su retiro, según indicaron a Economía Digital en fuentes del Ejecutivo.
Con todas estas medidas Escrivá trata de acercar la edad efectiva de jubilación (64,5 años en 2021) a la edad legal (66 años en 2021), así como reducir el número de jubilaciones anticipadas que alcanzó las 54.000 en el año 2020.
En lo referido a la jubilación anticipada involuntaria, se rebajan las penalizaciones al introducirse cuatro modificaciones: a las causas de extinción contractual que dan derecho al acceso a esta modalidad de jubilación, se añaden el resto de causas extintivas por razones objetivas y la resolución voluntaria por parte del trabajador.
Bonificación de hasta el 4% por atrasar la jubilación
El borrador también contempla sobre la jubilación demorada aplicar la exención de la obligación de cotizar por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso.
También se plantea mejorar los incentivos para la prolongación de la carrera profesional más allá de la edad ordinaria de jubilación, mediante tres tipo de incentivos a elegir por el trabajador por cada año de demora.
En detalle, se contempla un porcentaje adicional del 4% (este porcentaje adicional se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión); una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas o una combinación de ambas. El pago único oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, conforme al último borrador.
Prohibida la jubilación forzosa desde los 68 años
En lo referido a la jubilación forzosa, aquella que se recoge en los convenios colectivos y que obliga a los trabajadores a retirarse quieran o no, se acuerda la prohibición de las cláusulas convencionales que prevean la jubilación forzosa del trabajador por el cumplimiento de una edad inferior a 68 años.
No obstante, para las cláusulas sobre jubilación forzosa que se hubieran incluido en los convenios colectivos al amparo de la legislación hasta ahora vigente podrán ser aplicadas mientras tales convenios mantengan su vigencia., se prevé un régimen transitorio conforme al cual solamente podrán tener eficacia hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.
Conforme al último borrador, sobre la jubilación forzosa se recoge que las empresas no podrán amortizar los puestos laborales de los trabajadores que se jubilen de forma forzosa y hayan superado los 68 años, ya que nuevas cláusulas obligarán a las compañías a contratar a un nuevo trabajador de forma indefinida y a tiempo completo por cada jubilado que abandone la empresa de manera obligatoria.