Cuidado: cómo evitar que te reduzcan la pensión por debajo del mínimo
Te contamos cuáles son los requisitos, según tus cargos, para que la Seguridad Social no te baje la pensión
En España, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, hay actualmente 10 millones de personas que reciben una pensión, de las cuales 945.332 tienen una incapacidad permanente.
De estos, 135.054 reciben la pensión mínima, que es el importe mínimo establecido por ley en los Presupuestos Generales del Estado para todas las pensiones contributivas, incluyendo las de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y prestaciones en favor de familiares.
Si el cálculo de la pensión es menor que el mínimo, la Seguridad Social puede complementarla hasta alcanzar la cifra mínima establecida. Sin embargo, en algunos casos, aunque se reciba la pensión mínima, la Seguridad Social puede decidir abonar una cantidad inferior.
El motivo por el cual la Seguridad Social podría pagar una pensión por debajo de la mínima es debido al nivel de rentas del beneficiario. Siempre y cuando se acredite una carencia de rentas determinada, se les abonará el complemento a mínimos necesario para alcanzar el mínimo establecido.
¿Cómo puedo saberlo?
En el año 2023, los límites de ingresos para poder acceder a la pensión mínima son de 8.614,00 euros anuales sin cónyuge a cargo o con cónyuge a cargo, y de 10.048,00 euros anuales en el caso de tener cónyuge a cargo. Estas cantidades se actualizan anualmente de acuerdo a lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado y están reguladas en la página web de la Seguridad Social.
Por lo tanto, mientras no exista un aumento en los ingresos por encima de los límites establecidos, los beneficiarios de la pensión por incapacidad no tienen la obligación de comunicar nada a la Seguridad Social. Sin embargo, si se prevé que los ingresos superarán los límites establecidos, es necesario informar a la Seguridad Social. Este trámite se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Por ejemplo, un beneficiario de una pensión por incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más, con cónyuge a cargo que percibe 560 euros al mes y no tiene otros ingresos, podrá acceder a la pensión mínima de 966,20 euros al mes, que equivale a 13.526,80 euros al año. Sin embargo, si en un año este pensionista obtiene ingresos por valor de 20.000 euros, deberá comunicarlo a la Seguridad Social y su pensión durante ese año será de 560 euros al mes.