Este tiempo debes esperar para desalojar a un okupa
Solo los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas de los Juzgados de 1ª Instancia tardan en resolverse más de nueve meses de media
Los medios han puesto encima de la mesa el tema de la okupación. Es un asunto controvertido, puesto que las opiniones varían entre los que creen que tan solo se genera medio ante una amenaza que no es real y los que están convencidos de que es uno de los problemas principales a los que se enfrentan los propietarios, junto a los impagos de alquileres.
Según la Plataforma de Afectados por la Ocupación, la usurpación ilegal afecta a unos 100.000 inmuebles en todo el territorio y que cada día se producen cerca de 40 nuevas okupaciones de viviendas. Por su parte, el Gobierno contabiliza cerca de 13.400 denuncias entre enero y septiembre de 2021, lo que supone un aumento del 20% respecto al mismo periodo del año anterior.
Uno de los temas que más preocupa a los afectados es el tiempo que tarda la justicia en resolver estos casos. Según los datos que maneja el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), recogidos por Idealista, el periodo que deben esperar los propietarios de media en España se situó en 2021 en 18,1 meses.
Hay que tener en cuenta varios factores: los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción en lo civil tardan en resolverse en torno a los 9,6 meses de media, mientras que las apelaciones de sentencias de juicios verbales de las Audiencias Provinciales son unos 8,5 meses. Por lo tanto, hay ocasiones en el que se puede alargar el asunto más de un año.
Según los datos que maneja Idealista, en 2020 la media para conseguir una sentencia firme se situó en los 16,7 meses. Una cifra que ha aumentado considerablemente desde 2018 y 2019, cuando la media era de 11,7 y 13,2 meses, respectivamente.
Qué hay que hacer para reducir los tiempos
José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), explicó en una entrevista a idealista/news que una de las medidas que se podrían tomar para combatir esta lacra es que España siga los pasos de otros países del entorno para que el procedimiento judicial pueda seguir con los okupas fuera de las casas.
“El problema es que aquí se hace con los okupas dentro, por eso el proceso se alarga, los plazos se amplían y se presentan infinidad de recursos, lo que está desbordando a la Administración de Justicia”, sostiene el abogado especializado en arrendamiento.
“El problema es que aquí se hace con los okupas dentro, por eso el proceso se alarga»
En su opinión, también es fundamental reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Penal, con el fin de que los procedimientos de desahucio se lleven a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado sin esperar la autorización judicial.
“La okupación ya está considerada como delito flagrante, lo que pasa es que no se ha aclarado el plazo. De lo que se trata es de que la policía pille a unos okupas en el momento de la usurpación y que no les haya dado tiempo a tomar posesión del inmueble, que no se hayan empadronado en la casa y que no estén pagando los suministros ni la comunidad. De lo que se trata es de que los ocupantes no acrediten la posesión de la vivienda. Eso es fundamental”, concluye Zurdo.