Esta es la única ayuda de más de 400 euros que puedes cobrar de forma indefinida
Las personas de más de 52 años en situación de desempleo pueden cobrar una ayuda económica concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una ayuda dirigida a las personas con una edad superior a los 52 años que hayan agotado la prestación por desempleo y no dispongan de los recursos económicos suficientes. Las personas que perciban este subsidio podrán cobrarlo hasta que alcancen la edad ordinaria exigida para tener derecho a la pensión de jubilación concedida por la Seguridad Social.
Requisitos
Para percibir la prestación económica, la persona interesada debe estar inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la ayuda por desempleo que estaba cobrando. Además, es necesario cumplir con el compromiso de actividad incluido en la solicitud del subsidio.
Otra de las condiciones estipuladas por el SEPE es no disponer de rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Asimismo, se deberá haber cotizado por jubilación en el sistema de la Seguridad Social español durante un mínimo de 15 años, dos de los cuales deberán encontrarse dentro de este periodo, y por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral.
Cuantía
El importe del subsidio será igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) y que este año asciende a 463,21 euros. El pago de la ayuda se efectúa de forma mensual, entre los días 10 y 15 de cada mes.
Además, conviene tener en cuenta que la entidad que gestiona la prestación en cada caso, el SEPE o el Instituto Social de la Marina, ingresará las cotizaciones correspondientes a la jubilación en la Seguridad Social. En este sentido, la base de cotización por jubilación se situará en el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
Solicitud
Las personas interesadas en cobrar la ayuda, han de presentar el modelo de solicitud, el documento de identificación y el documento bancario en el que figure el número de cuenta en el cual se percibirá la prestación económica. La solicitud se puede formalizar a través de la sede electrónica del SEPE, por correo administrativo o en cualquier oficina de registro público.
Una vez se cobre el subsidio, se deberá justificar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas. Para ello, la persona interesada habrá de presentar de forma anual una declaración de sus rentas. Si no presenta este documento, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
No obstante, en caso de entregarse fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que entregue la declaración de rentas.