Esta es la pensión que te queda si te jubilas a los 64 años
Estas son las opciones que tienes para pedir la jubilación anticipada a los 64 años
Actualmente, la edad legal para alcanzar la jubilación en España es de 66 años y dos meses. De hecho, la reforma introducida por la ley de modernización del sistema de la Seguridad Social, aprobada en 2011, estableció un incremento paulatino de la edad de jubilación hasta 2027, cuando la edad de jubilación llegará a los 67 años.
El sistema de Seguridad Social ofrece la posibilidad de que el trabajador se jubile antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación. No obstante, hay que tener en cuenta que se deben cumplir una serie de requisitos y que conlleva algún que otro recorte en la cuantía de la pensión.
Y es que, otra de las principales novedades que ha introducido la reforma impulsada Escrivà, es la aplicación de coeficientes reductores, que suponen una penalización en la cuantía de las pensiones y que ha afectado especialmente a la jubilación anticipada. Estos coeficientes reductores, que ahora son mensuales, rebajan la pensión de jubilación para compensar el adelanto de los retiros voluntarios antes de llegar a la edad legal de jubilación.
Estas son las opciones que tienes para jubilarte a los 64 años
La jubilación anticipada puede ser involuntaria, voluntaria o claves pasivas, en la que entran funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, militares o expresidentes. Estas son las opciones que tienes para jubilarte a los 64 años y los recortes de la cuantía.
Jubilación anticipada involuntaria
Hay algunas personas deben jubilarse antes de hora de forma involuntaria debido a la imposibilidad de trabajar. Estos lo podrán hacer a partir de los 61 años con al menos 37 años y seis meses cotizados o a los 62 años aquellos trabajadores que no lleguen a los años mínimos cotizados (33 años). Por lo tanto, también se puede a lo 64 años.
Estos son los recortes en la cuantía en la jubilación involuntaria
- Si se ha cotizado por un periodo inferior a 38 años y seis meses, se recorta el 30% con cuatro años de adelanto, del 22,5% con tres años de adelanto, del 15% con dos años de adelanto y del 5,5% con un año de adelanto.
- Si se ha cotizado por un periodo comprendido entre los 38 años y seis meses y 41 años y seis meses, se recorta el 28% con cuatro años de adelanto, del 21% con tres años de adelanto, del 14% con dos años de adelanto y del 5,25% con un año de adelanto.
- Si se ha cotizado por un periodo comprendido entre los 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, se recorta el 26% con cuatro años de adelanto, del 19,5% con tres años de adelanto, del 13% con dos años de adelanto y del 5% con un año de adelanto.
- Si se ha cotizado más de 44 años y seis meses, se recorta el 24% con cuatro años de anticipo, del 18% con tres años de adelanto, del 12% con dos años de adelanto y del 4,75% con un año de adelanto.
Jubilación anticipada voluntaria
Los que han decidido poner un fin a su vida laboral de forma voluntaria a los 64 años deben haber cotizado un mínimo de 35 años. Además, conviene tener en cuenta que dos años de cotización deberán estar situados en los 15 años anteriores al cese de la actividad laboral. Esta es la penalización en la cuantía que recibirán por jubilarte antes de la edad legal:
- Si se ha cotizado por un periodo inferior a los 38 años y seis meses, se recorta el 21% con dos años de anticipo, del 5,5% con un año de anticipo y un 4% con seis meses de anticipo.
- Si se ha cotizado por un periodo comprendido entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses, se recorta el 19% con dos años de anticipo, del 5,25% con un año de anticipo y del 3,82% con seis meses de adelanto.
- Si se ha cotizado por un periodo comprendido entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, se recorta el 17% con dos años de adelanto, del 5% con un año de adelanto y del 3,64% con seis meses de adelanto.
- Si se ha cotizado por un periodo comprendido superior a los 44 años y seis meses, se recorta el 13% con dos años de anticipo, del 4,75% con un año de adelanto y del 3,45% con seis meses de adelanto.
Jubilación anticipada para clases pasivas
Los trabajadores con una trayectoria laboral en el Estado puede pedir la jubilación a los 60 años (por lo tanto también a los 64 años), siempre que haya cumplido al menos 30 años de servicio. De hecho, las personas que lleguen a 35 años de servicio efectivo al Estado se podrán jubilar de forma anticipada sin recortes en la pensión de jubilación.