Esta es la pensión que pueden solicitar las empleadas del hogar si no han cotizado 

La pensión no contributiva de jubilación otorga hasta 484,61 euros mensuales a trabajadores que no hayan cotizado y se encuentren en “una situación de necesidad y carencia de recursos”

Dinero | pxhere.com

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La precaria situación de las empleadas del hogar, colectivo que en España suma al menos a 374.583 personas, impide en muchos casos que se alcancen los años de cotización necesarios para jubilarse con una pensión contributiva. A pesar de tener que estar dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, esto no sucede siempre de manera continuada. ¿Qué hacer si llega el momento de la jubilación y no se han alcanzado los años cotizados para cobrar una pensión contributiva? Existe una solución. 

Se trata de la pensión de jubilación no contributiva gestionada por el Imserso que “asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente”. 

En concreto, la pensión puede llegar hasta los 484,61 euros en las mensualidades de julio a diciembre de 2022 por el incremento del 15% de las pensiones establecido en el RD 11/2022, de 25 de junio. Antes de este incremento, la cuantía básica para 2022 era de hasta 421,40 euros mensuales y de hasta 5.899,60 euros anuales, lo cual ya supuso una subida del 3% respecto a 2021. 

Sin embargo, cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de una pensión no contributiva, la cuantía individual se reduce para cada uno de ellos. Desciende a 411,9 euros si son dos beneficiarios y a 387,7 euros si son tres, teniendo en cuenta la subida del 15%.  

Requisitos para cobrar la pensión sin cotizar

La pensión de jubilación no contributiva está pensada para las personas mayores de 65 años que se encuentren, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, “en una situación de necesidad y carencia de recursos suficientes para su subsistencia”, por lo que se deben cumplir unos requisitos para cobrarla. 

El primero es carecer de ingresos suficientes, cifra que para 2022 se ha fijado en menos de 5.899,60 euros anuales. Aunque si se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia sean inferiores a determinadas cuantías.  

Si la persona solicitante vive en pareja o con familiares de hasta segundo grado los ingresos anuales máximos son, para dos convivientes, 10.029, 32 euros al año; para tres, 14.159,04 euros al año y, para cuatro, 18.288,76 euros al año. 

En cambio, si la persona solicitante vive con alguno de sus progenitores y/o con sus hijos las cuantías anuales máximas son, para dos convivientes, 25.073,30 euros al año; para tres, 35.397,60 euros al año y, para cuatro, 45.721,90 euros al año. 

El segundo y el tercer requisito consisten en tener 65 o más años y residir en territorio español durante un período de diez años desde que se cumplieron los dieciséis años hasta que se llegó a los 65. Además, es obligatorio que la persona haya residido en España durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación. 

Cristina Dolz

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