Esta es la ayuda si hiciste la mili y quieres jubilarte antes
La ayuda también está contemplada para las personas que realizaron la prestación social sustitutoria y para las mujeres que hicieron el servicio social femenino obligatorio
Para acceder al 100% de la pensión de jubilación pública en España es necesario haber cotizado una cantidad mínima de años a la Seguridad Social y haber cumplido la edad ordinaria de jubilación. Estos dos requisitos se están incrementando actualmente todos los años hasta llegar en 2027 a los 67 años como edad ordinaria de jubilación.
Aunque, de momento, en 2022, la edad de jubilación se sitúa en los 65 años si has cotizado 37 años y 6 meses o más y en 66 años y 2 meses si has cotizado por debajo de ese tiempo. La cuantía mínima de cotización para tener derecho a una pensión de jubilación contributiva son 15 años.
Si deseas jubilarte de manera anticipada y voluntaria, la normativa de pensiones obliga a los trabajadores a acreditar al menos 35 años de cotización y haber cumplido una edad inferior en dos años como máximo a la edad exigida de jubilación ordinaria. Aunque si la jubilación anticipada se produce tras un cese no voluntario en el trabajo, se piden 33 años de cotización.
La mili puede sumar un año a la jubilación anticipada
No obstante, en el caso de los trabajadores que hicieron el servicio militar obligatorio, más conocido como mili, podrán añadir un año a su periodo de cotización y así poder cumplir el requisito de cotización de la jubilación anticipada voluntaria o involuntaria.
La Seguridad Social explica en su página web que los periodos de servicio militar «solo se computan para alcanzar el periodo de cotización específico» en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y «con el límite máximo de un año». De esta manera, solo en el caso de que este año de cotización sea necesario para cumplir el requisito, «se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar».
Cabe destacar que esta facilidad no es solo para quienes hicieron la mili, sino también aplicable a las personas que realizaron la prestación social sustitutoria (los objetores de conciencia) o las mujeres que realizaron el servicio social femenino obligatorio.