Desde agorafobia hasta ansiedad: las enfermedades que te dan derecho a una pensión permanente
Estas son las patologías con las que puedes cobrar la prestación según el grado
La pensión por incapacidad permanente laboral está dirigida a las personas que no pueden realizar su trabajo habitual y en ocasiones tampoco pueden llevar a cabo ninguna otra actividad laboral debido a una enfermedad o accidente, ya sea relacionado con el trabajo o no.
Cuando se reconoce la incapacidad permanente, la Seguridad Social proporciona una pensión para compensar la pérdida de ingresos del trabajador.
¿Cómo conseguir la pensión?
En general, para recibir una pensión de incapacidad permanente es necesario pasar por el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, también es posible obtener una pensión de invalidez a través del sistema judicial, presentando una demanda contra el INSS.
En ambos casos, se deberá demostrar la existencia de una incapacidad permanente que impide al trabajador desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro trabajo en el mercado laboral. Además, se deberá cumplir con los requisitos y documentación necesarios según el tipo de incapacidad, que pueden variar según diversos factores.
No obstante, hay algunos requisitos comunes que se deben cumplir, como estar en situación de alta en la Seguridad Social o alta asimilada, no haber alcanzado la edad de jubilación y haber completado el tratamiento médico recomendado. No es necesario estar en situación de baja laboral para solicitar la incapacidad permanente.
Patologías que reciben la pensión
El Tribunal Médico evalúa las dolencias y las secuelas que una enfermedad o lesión ha provocado en la persona, y las relaciona con su capacidad para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro trabajo en el mercado laboral. Aunque cada caso se evalúa de manera individual, hay algunas patologías que suelen tener una mayor probabilidad de ser reconocidas como una incapacidad permanente:
- Agorafobia.
- Alcoholismo.
- Alzheimer.
- Aneurisma.
- Ansiedad.
- Apnea del Sueño.
- Arterioesclerosis.
- Arteriopatía periférica.
- Artritis psoriásica.
- Artritis reumatoide.
- Asma, también puede dar lugar a una pensión de incapacidad permanente.
- Artrosis.
- Cáncer.
- Patología de caderas.
- Cardiopatías.
- Colitis ulcerosa.
- Enfermedad de los codos.
- Demencia.
- Depresión.
- Dermatitis.
- Desprendimiento de retina.
- Enfermedad de Behcet.
- Enfermedad de Perthes.
- Enfisema Pulmonar.
- Enfermedad de Crohn.
- Epilepsia.
- EPOC.
- Esclerosis Múltiple.
- Esquizofrenia.
- Espondilitis Anquilosante.
Es importante recordar que cada caso es único y que el reconocimiento de una incapacidad permanente depende de la evaluación individualizada de las dolencias y las secuelas que haya sufrido la persona, así como su relación con su capacidad para trabajar.