¿En qué tres casos el hipotecado puede denunciar la cláusula suelo?
La cláusula suelo o suelo hipotecario es un interés mínimo impuesto por el banco en algunos contratos de hipoteca que impide que los titulares puedan beneficiarse del bajo Euribor. En general, cuando el Euribor baja, la cuota mensual baja. Pero con el suelo, esta rebaja nunca se da.
A continuación, tres causas que nos deben animar a denunciar, si no ante un juzgado, sí al menos ante el Servicio de Atención al Cliente de nuestro banco:
• Cuando no se ha firmado la oferta vinculante o en ella no figuraba el suelo. Si el «pre-contrato», es decir, la oferta definitiva que nos hizo el banco con sus últimas condiciones no llegó a ser firmado por nosotros o sí lo firmamos pero sin que en él constara la cláusula suelo, podemos alegar desconocimiento en una demanda
• Cuando hay un desfase entre suelo y techo o cuando no existe techo. El suelo protege al banco de manera que no cobre menos de X intereses si el Euribor baja a mínimos, y el techo debe proteger al cliente para que no pague más de X intereses si el Euribor sube a máximos. Si el contrato solo protege al banco, es perfectamente denunciable
• Si a pesar de constar suelo y techo en el contrato, el cliente no fue debidamente informado de lo que firmaba. La cláusula suelo queda perdida entre las más de 60 páginas que puede llegar a tener un contrato hipotecario, y ni siquiera aparece como «cláusula suelo», lo que la haría más detectable, sino como interés mínimo, etc. Tanto el banco como el notario deben explicar al firmante a qué se estaban comprometiendo al aceptar esta cláusula, ya que la jerga bancaria no siempre es comprensible para los no especialistas en finanzas. No haber sido informados debidamente también es una causa por la que poder reclamar.