El Supremo eleva a la justicia europea la macrodemanda por las cláusulas suelo

La macrodemanda de Adicae contra 101 cajas de ahorros y bancos busca recuperar las cantidades indebidamente cobradas desde la firma del contrato y no solo desde que fueron declaradas nulas

Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. / EFE

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Las cláusulas suelo llegan a Europa. El Tribunal Supremo ha trasladado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión perjudicial sobre la demanda colectiva de Adicae contra 101 cajas de ahorros y bancos por las cláusulas suelo de las hipotecas. Así lo ha hecho tras preguntar a las partes si procedía acudir a la corte europea.

El Supremo ya declaró nulas las cláusulas hipotecarias consideradas abusivas y falló a favor de reclamar las cantidades indebidamente cobradas hasta el 9 de mayo de 2013 sin efectos retroactivos e independientemente de cuál fuera la fecha en la que se firmó la hipoteca.

Por ello, la demanda de la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) que ahora llega a la justicia europea tiene por objeto que se recuperen las cantidades indebidamente cobradas desde la firma del contrato y no solo desde que fueron declaradas nulas.

Para elevar el caso, el Tribunal Supremo pregunta en un auto del 29 de junio al TJUE si la directiva europea aplicable al caso ampara «el enjuiciamiento abstracto, a efectos del control de transparencia en el marco de una acción colectiva, de cláusulas utilizadas por más de un centenar de entidades financieras en millones de contratos bancarios, sin tener en cuenta el nivel de información precontractual ofrecido».

Control «abstracto»

También, si cabe hacer un control «abstracto» de transparencia desde la perspectiva del consumidor medio «cuando varias de las ofertas de contratos están dirigidas a diferentes grupos específicos de consumidores». Y si cabe dicho control cuando «son múltiples y con ámbitos de negocio económica y geográficamente muy diferentes, durante un periodo de tiempo muy largo en que el conocimiento público sobre tales cláusulas fue evolucionando».

Anteriormente, en mayo de 2021, otro órgano judicial emitió sentencia favorable a que la devolución por las cláusulas suelo se ejecute desde la fecha de la firma del contrato, como defiende Adicae. En concreto, la Audiencia Provincial de Zaragoza decidió en respuesta a una cuestión perjudicial que los consumidores pueden solicitar en los tribunales reparación por las cláusulas abusivas de una hipoteca aún cuando esta haya sido ya ejecutada y el bien vendido, pero solo en un procedimiento judicial posterior y distinto. 


 

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