El Gobierno amplía el período y el pago de los créditos ICO
El Ejecutivo pretende salvar la viabilidad y la liquidez de las empresas afectadas por la crisis del coronavirus
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a través de un real decreto ley, la ampliación de los créditos con garantía del ICO hasta el 30 de junio. Además, extiende hasta los ocho años el periodo para poder pagar la cantidad prestada. Las empresas que se acojan no podrán estar en concurso de acreedores ni tener mora con entidades bancarias.
El Ejecutivo, por tanto, pretende salvar la viabilidad y la liquidez de las sociedades tras las nuevas restricciones decretadas en varias comunidades autónomas. Las empresas que solicitaron dichos créditos, que están avaladas por el Gobierno y se conceden a través de las entidades financieras, tendrán hasta tres años más para pagar la mora (hasta ocho años) y aquellas que aún no lo han hecho, tienen seis meses más.
La devolución de estos préstamos estaba prevista en un principio para marzo del año que viene, pero una gran cantidad de empresas ya había advertido que no podría hacer frente a las cuotas ante la falta de ingresos, especialmente en los sectores del turismo y la hostelería.
Extensión al máximo tiempo permitido
“Nosotros vamos a adecuarnos a ese nuevo marco comunitario ampliando hasta el 30 de junio la posibilidad de suscripción de estos créditos hasta el máximo permitido en términos de duración de contratos y periodos de carencia”, ha señalado Nadia Calviño en rueda de prensa. Por otra parte, la ministra ha confirmado que se rebajará el 50% los costes notariales en las prórrogas de los préstamos.
Según datos del propio ministerio de Economía, hasta 750.000 sociedades se han acogido a los créditos ICO y el importe avalado por el Gobierno con los créditos ICO hasta el pasado 11 de noviembre alcanzaba los 81.787 millones de euros y en total se han movilizado unos 107.600 millones.
Nueva ley concursal
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha dado luz verde a la extensión hasta el 14 de marzo el periodo en el que una empresa no puede solicitar el concurso de acreedores.
A su vez, según ha comunicado el Ministerio de Justicia, el juez encargado de la operación deberá estar obligado a no tramitar el proceso concursal, si bien la propia empresa debe comunicar a las instituciones pertinentes la situación de suspensión de pagos.El Consejo de Ministros aprueba extender la moratoria concursal hasta el 14 de marzo de 2021.
La vicepresidenta ha explicado que el objetivo de esta moratoria es «apoyar a empresas solventes, permitiéndoles la reestructuración de su deuda y el refuerzo de su liquidez y solvencia», para proteger así el tejido productivo.