Los economistas y las pymes piden mecanismos de detección temprana de insolvencias
El Consejo General de Economistas (CGE) y Cepyme piden para la futura reforma concursal un sistema de alertas de detección temprana de insolvencias y limitar los privilegios de los créditos públicos
Un sistema de alertas tempranas para la detección de situaciones de insolvencia o el fin de los privilegios de los créditos públicos de la Seguridad Social o el Ministerio de Hacienda son dos de las principales reivindicaciones realizadas por el Consejo General de Economistas (CGE) y Cepyme de cara a la nueva reforma concursal que prepara el Gobierno.
La vicepresidenta segunda y ministra de Asuntos Económicos y para la Transformación Digital, Nadia Calviño, anunció el pasado jueves que antes de finales de mes sacará a audiencia pública varios anteproyectos de ley, como el referido a la creación y el crecimiento empresarial y a la reforma concursal, muy esperada en el sector en el actual contexto de crisis.
El sistema concursal español arroja que la mayor parte de los concursos de acreedores, cerca del 95%, finaliza en liquidación, siendo además procesos largos con una duración media de entre cuatro o cinco años, unas cifras que han propiciado múltiples reformas desde la entrada en vigor del actual marco regulatorio de la Ley Concursal.
Sin embargo, los economistas y las pymes consideran que no se ha logrado todavía que el sistema cuente con una normativa «eficiente» o, al menos, se produzca una mejora sustancial. Así las cosas, queda aún pendiente el Estatuto de la Administración concursal y la directiva sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.
Medidas para la reforma concursal
En este contexto y ante el previsible incremento de las insolvencias empresariales, especialmente en las pymes, por las derivaciones económicas de la Covid-19, el CGE y Cepyme han lanzado una guía para ayudar a las empresas en dificultades a tomar decisiones que eviten su liquidación.
Los presidentes de ambas organizaciones (Valentín Pich de CGE y Gerardo Cuerva de Cepyme) han reclamado el desarrollo de un sistema de alertas tempranas y ratios de detección prematura de la insolvencia ante posibles situaciones de riesgo de insolvencia.
Con las alertas tempranas se pretende evitar la liquidación concursal, con el objeto de que se tomen las medidas a tiempo para favorecer la continuación de la empresa en evitación del concurso. Eso sí, para conseguir su objetivo, los Estados miembros de la Unión Europea deberán desarrollar una serie de herramientas que permitan detectar estas necesidades de reestructuración.
También piden incluir para la reforma concursal que verá la luz próximamente modificaciones en materia de segunda oportunidad para que el procedimiento sea más rápido y menos formalista.
A su vez, ven necesario introducir medidas que hagan más atractivas para las empresas las soluciones alternativas al concurso, entre las que destacan la necesidad de limitar los privilegios que mantienen los créditos públicos (Hacienda y Seguridad Social), como ya propusieron sucesivos informes del FMI y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, así como facilitar la venta de unidades productivas para mantener el tejido empresarial español.
Guía para evitar la liquidación de empresas
La ‘Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia’ tiene por objeto trasladar a las empresas, especialmente a las pymes, una idea esquemática del sistema concursal y ofrecer información sobre los procedimientos actuales para tratar de evitar o minimizar las consecuencias derivadas de las insolvencias y soluciones para evitar la liquidación de empresas viables en dificultades.
Los expertos advierten de que no presentar el concurso en plazo puede tener consecuencias tanto para la viabilidad de la empresa como para la calificación del concurso y recomienda tener un buen control financiero en la empresa para prever la potencial insolvencia.
Como soluciones plantean, antes de entrar en concurso de acreedores, estudiar soluciones preconcursales (como refinanciaciones, reestructuraciones o pre-pack). Además, la normativa actual dispone de procedimientos extrajudiciales para dar solución a situaciones de insolvencia, como los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pago.
Acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago
Respecto a los acuerdos de fefinanciación, estos están protegidos frente a eventuales acciones de rescisión y bajo ciertas condiciones sus efectos se extienden a todos los acreedores de pasivos financieros.
Mediante los acuerdos extrajudiciales de pago, las personas naturales, sean o no empresarias, y las personas jurídicas de pequeña dimensión, entre ellas las pymes, pueden alcanzar un acuerdo con sus acreedores que les evite el concurso. En caso
contrario las personas naturales pueden conseguir la exoneración de sus deudas, una vez liquidados sus activos y al concluir el concurso.
Si estas medidas no fuesen suficientes, la guía apunta que el concurso puede ser la vía adecuada para reflotar una determinada empresa insolvente o para liquidarla cesando su actividad. Eso sí, subraya que antes de solicitar el concurso hay que prever sus costes.
Si se ha abierto la fase de liquidación, se ha aprobado un convenio con una quita igual o superior a un tercio y una espera de tres o más años, o se ha incumplido el convenio, se abre la sección denominada de calificación.
El «pre-pack» concursal
En la presentación de la guía también participó el presidente del Refor, Juan Carlos Robles, quien centró su intervención en la novedosa herramienta de los pre-pack, herramienta consistente en la designacion judicial de un experto independiente a modo de administración preconcursal, en el momento previo a la declaración de insolvencia, por el que se anticipa de manera controlada la adquisición de unidades productivas o empresas
A este respecto, Robles señaló que los protocolos elaborados por jueces de diversos territorios, tanto en relación al pre-pack como a las ventas de unidades productivas exprés, suponen un avance, pero considera que haría falta que la legislación española regulara este mecanismo, contemplado en la directiva sobre marcos de reestructuración preventiva, al igual que ocurre en Reino Unido, Holanda o Estados Unidos.
A pesar de la moratoria existente hasta el 31 de diciembre 2021, Robles cree que “las empresas deberían diseñar planes de reestructuración cuanto antes mejor” y advirtió del riesgo existente para los administradores sociales con la calificación del concurso.