El documento que los mayores de 52 años están obligados a presentar para cobrar el subsidio

La ayuda se puede percibir hasta alcanzar la edad ordinaria para tener derecho a la pensión de jubilación

Oficinas del SEPE./ EFE

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Las personas que tienen más de 52 años y han agotado la prestación por desempleo, pueden solicitar una ayuda concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, es necesario tener en mente que la prestación únicamente se puede percibir hasta alcanzar la edad ordinaria exigida para tener derecho a la pensión de jubilación concedida por la Seguridad Social.

Para solicitar la ayuda es imprescindible estar inscrito como demandante de empleo, al menos desde un mes antes a agotar la prestación por desempleo. Tampoco se podrá disponer de rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

Asimismo, las personas interesada en cobrar el subsidio deberá haber cotizado por jubilación en el sistema de la Seguridad Social español durante un mínimo de 15 años, dos de los cuales deberán encontrarse dentro de este periodo, y por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral.

Documentación a presentar

Entre los distintos documentos que se deben presentar para cobrar el subsidio, se encuentran el modelo de solicitud, el documento de identificación y el documento bancario en el que figure el número de cuenta en el cual se percibirá la prestación económica. La solicitud se puede formalizar a través de la sede electrónica del SEPE, por correo administrativo o en cualquier oficina de registro público.

https://twitter.com/empleo_SEPE/status/1605114591830331393

Sin embargo, uno de los documentos más importante se presenta una vez se comienza a cobrar el subsidio. Se trata de la declaración de rentas, que ha de presentarse de forma anual para justificar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.

Y es que, si no se presenta este documento, se interrumpe el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. No obstante, en caso de entregarse fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que entregue la declaración de rentas.

Cuantía

La cuantía del subsidio corresponderá al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), que este año 2022 se sitúa en los 463,21 euros. El subsidio se cobra de forma mensual y el pago acostumbra a efectuarse entre los días 10 y 15 cada mes.

Por otro lado, cabe destacar que la entidad que gestiona la prestación en cada caso, el SEPE o el Instituto Social de la Marina, ingresará las cotizaciones correspondientes a la jubilación en la Seguridad Social. En concreto, la base de cotización por jubilación se situará en el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

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