La DGT te puede multar con 500 euros por este descuido con la ITV
Para evitar sanciones, los conductores deben cerciorarse que el vehículo se encuentra en las perfectas condiciones para pasar la inspección técnica de vehículos (ITV)
Uno de los mayores disgustos que se puede llevar una persona al abrir el buzón y consultar su correspondencia sea encontrarse con una carta de la Dirección General de Tráfico (DGT) que contenga una multa por haber cometido alguna infracción al conducir el vehículo.
Y es que, los motivos por los que una persona puede acabar recibiendo una sanción de este tipo son numerosas, desde discutir con la pareja al volante hasta retocarse el maquillaje.
Multas de hasta 500 euros
Sin embargo, una de las más habituales se recibe por conducir sin tener la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en regla, el control técnico al que cada cierto tiempo deben someterse los vehículos para comprobar que cumplen las normas de seguridad y emisiones contaminantes.
La multa por no tener la ITV en regla puede oscilar entre los 200 y los 500 euros
Los conductores que se ponen al frente del volante sin haber pasado la ITV están cometiendo una infracción leve, por lo que no causa la retirada de puntos del permiso de conducir, si bien sí puede conllevar la interposición de una sanción de hasta 200 euros.
No obstante, si el conductor persiste y sigue conduciendo sin haber pasado la ITV, la infracción pasa a ser grave y, por ello, puede perder 3 puntos del carnet de conducir.
Por su parte, si el conductor sí ha pasado la ITV pero no lleva la pegatina obligatoria que demuestra que se ha pasado la ITV el importe de la sanción se sitúa en los 100 euros y tampoco conlleva la retirada de puntos del permiso de conducir.
En el caso de que se circule con la ITV caducada, el conductor estará cometiendo una infracción grave, que conlleva la pérdida de 3 puntos del carnet y también la interposición de una multa de 200 euros, un importe que puede subir hasta los 500 euros si se conduce con la inspección caducada por más de un año.
En función de la gravedad, el conductor puede perder puntos del carnet de conducir
Si un conductor no supera la ITV en dos veces consecutivas, no solo habrá de someterse nuevamente a la ITV sino que también deberá desembolsar una tasa adicional. En cualquier caso, si no la supera en la tercera ocasión podría verse obligado a abonar una multa de hasta 500 euros.
Cuándo se tiene que pasar la ITV
Todos los vehículos matriculados en España están obligados a someterse a la ITV de forma periódica, tal y como subraya la Dirección General de Tráfico (DGT), si bien la frecuencia depende de cada tipo de vehículo, así como su categoría y clasificación.
La primera inspección se tiene que llevar a cabo una vez pasan cuatro años desde su matriculación, mientras que cuando el vehículo alcanza los diez años, se debe pasar el plazo de vigencia de la ITV se acorta, ya que se debe superar cada dos años. Cuando el vehículo llega a la década, los propietarios habrán de recordar que la ITV se debe pasar cada año.
Conviene tener en cuenta que si el vehículo no ha cumplido los cuatro años, pero se han modificado o sustituido elementos, o bien, se ha sufrido un accidente que ha causado desperfectos notables en un accidente, será necesario pasar la ITV.