¿Cuántos años tengo que cotizar para prejubilarme?
Este año la edad ordinaria de jubilación es de 65 años y de 66 para aquellos trabajadores con menos de 37 años y seis meses cotizados
La jubilación anticipada puede suponer ese cambio tan deseado si no queremos prolongar por más tiempo nuestra vida laboral. No obstante, hay unos requisitos más exigentes para aquellos trabajadores que quieran prejubilarse y no esperar a la edad ordinaria de jubilación, que este año es 65 años y de 66 años y dos meses para aquellas personas con menos de 37 años y seis meses cotizados.
Prejubilación voluntaria
Para aquellos que quieran prejubilarse antes de la edad requerida, los 65 años, tendrán que haber cotizado 35 años, de los cuales dos deben ser en los 15 años previos a la solicitud de jubilación. Las personas que voluntariamente quieran la jubilación anticipada, la podrán pedir hasta dos años antes de la edad ordinaria.
Prejubilación involuntaria
En cambio, la jubilación anticipada involuntaria puede solicitarse hasta cuatro años antes de los 65 años, es decir, a los 61. En este caso, el trabajador tendrá que haber cotizado 33 años, de los cuales dos deben ser en los 15 años previos a la solicitud de jubilación, al igual que la prejubilación voluntaria.
Trabajadores del Régimen de las Clases Pasivas
Todos los trabajadores del Régimen de las Clases Pasivas, que incluye a funcionarios, militares, trabajadores de la Administración del Estado y de Justicia, entre otros sectores públicos. Estos pueden acceder a la prejubilación a partir de los 60 años, siempre que hayan cotizado 30 años en servicio al Estado.
Prejubilación sector agrario
Los trabajadores agrarios tienen una cierta ventaja para pedir la jubilación anticipada. Aunque estos tengan que cumplir los mismos años que la prejubilación voluntaria (35 años) e involuntaria (33 años), se les exige seis años de los últimos 10 anteriores a la solicitud de jubilación.
Además, también existe un complemento en las pensiones para los prejubilados de mínimo de un año para aquellas personas con 44 años y 6 meses de cotización o los trabajadores con un mínimo de 40 años cotizados siempre que la pensión esté por debajo de los 900 euros.