En qué casos la empresa puede revisar el correo electrónico de sus trabajadores
Si bien el derecho a la intimidad está garantizado hay casos en que la empresa tiene potestad para revisar los correos escritos desde la cuenta corporativa
El correo electrónico en las últimas dos décadas se ha coronado como el canal de comunicación más usado en el trabajo; y a nivel personal, solo es superado por las plataformas de mensajería instantánea como Whatsapp.
Muchas veces el correo electrónico laboral no solo se usa para temas de trabajo, sino también para mensajes personales. O quizás entre compañeros donde se vierten opiniones que probablemente no sean del agrado de la dirección.
Y en esos casos se instala el debate: ¿es legal o moral que una empresa revise los correos de sus trabajadores?
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores
En el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores se especifica que el empresario puede adoptar las medidas que considere “de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones”.
El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados “tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador”
Pero el 20 Bis establece que los trabajadores “tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador”.
Este último punto es confirmado en la Ley Orgánica 3/2028 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, donde el empleador podrá acceder al uso del correo electrónico para “controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales”, pero para ello se tiene que garantizar la intimidad de los trabajadores y estos tienen que ser informados de los criterios para poder revisar los mails.
La prueba indiciaria
En términos jurídicos, significa que la empresa tiene que tiene una prueba indiciaria, o sea, algún indicio que el trabajador está haciendo un uso indebido de los recursos de la compañía.
La compañía tiene que avisar al trabajador que podrá revisar sus e-mails en caso que lo considere necesario
La compañía tiene que avisar al trabajador que podrá revisar sus e-mails así como su equipo de trabajo.
Los casos fraudulentos que justifican esa medida pueden ser el uso del correo para mensajes que no tengan relación con el trabajo o sospechas de espionaje o de violar términos de confidencialidad.
¿Carta blanca para ver los mails?
Pero eso no significa que tenga la libertad de revisar todos sus correos. Si esas condiciones no constituyen un delito se estaría ante un caso de vulneración del derecho a la privacidad.
Para ello la dirección de la empresa tiene potestad para revisar los correos que tengan relación con el posible delito o falta, para lo cual tiene que hacer una búsqueda con palabras clave o términos relacionados.
Si se usa el correo con fines personales que no comprometen la seguridad o salud financiera de la empresa, puede ser constitutivo de falta. Pero si se envía información confidencial sin autorización se puede declarar una falta grave y llegar al despido.