Condiciones para pensionistas: quién no tiene que pagar los medicamentos
Te explicamos qué pensionistas y cuáles son las condiciones que deben reunir para acogerse al copago de medicamentos
El copago farmacéutico hace referencia al importe económico que deben desembolsar las personas cuando adquieren un medicamento con receta, a pesar de estar subvencionado por el Estado. En concreto, las cantidades que abona cada persona varían según los ingresos y se establecen en el Real Decreto-Ley 16/2012.
Tras casi una década, con la llegada de la pandemia, el Gobierno modificó la aplicación del copago farmacéutico en los Presupuestos Generales de 2021 e incluyó nuevos tipos de pensionistas al conjunto de personas exentas de pagar medicamentos, hasta un total de 6 millones de personas.
¿Qué pensionistas se pueden acoger al copago?
Así, los pensionistas que no deben de pagar por adquirir medicamentos son las que figuran a continuación:
- Pensionistas exentos de presentar la Declaración de la Renta.
- Pensionistas con rentas inferiores a los 5.600 euros.
- Pensionistas con rentas superiores a los 5.600 euros.
Sin embargo, las personas que cumplen las siguientes características únicamente deben abonar un porcentaje del valor del medicamento:
- Los pensionistas con una renta anual inferior a los 18.000 euros, han de abonar 10% del medicamento, con un copago máximo de 8,23 euros mensuales.
- Los pensionistas con una renta anual comprendida entre los 18.000 y los 100.000 euros, deben desembolsar un 10% con un tope de 18,52 euros mensuales.
- Los pensionistas con una renta anual superior a los 100.000 euros, habrán de pagar el 60% del importe del medicamento con un máximo de 61,75 euros.
- Los funcionarios adscritos a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) pagarán el 30% del precio de las medicinas.