Requisitos para pedir las ayudas para la compra de un coche eléctrico
Las personas que compren un coche eléctrico antes del 31 de diciembre de 2024 podrán acceder a una desgravación fiscal
En un contexto en el que la preocupaciĂłn por el medio ambiente va en aumento, la compra de un coche elĂ©ctrico es una opciĂłn que coge fuerza. AsĂ, se ha convertido en una alternativa a valorar por las personas interesadas en adquirir un nuevo vehĂculo.
Si bien, quizás, la principal ventaja de este tipo de coches que viene a la mente de los posibles compradores sea la reducciĂłn de la contaminaciĂłn, es decir, de las emisiones de diĂłxido de carbono, tambiĂ©n permite disminuir el ruido que el vehĂculo realiza al desplazarse.
Entre los distintos beneficios que aporta la compra de un coche elĂ©ctrico tambiĂ©n figura el ahorro en combustible, asĂ como la exigencia de un menor mantenimiento del vehĂculo.
Incentivar la compra de un coche eléctrico
Bajo el propĂłsito de impulsar la compra de coches elĂ©ctricos, el Gobierno ha puesto en marcha una deducciĂłn del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas FĂsicas (IRPF).
La ventaja fiscal, que ya se encuentra en vigor después de haber recibido la luz verde del Consejo de Ministros, se podrá aplicar a lo largo de los próximos dos años.
Si bien, la previsiĂłn es que la desgravaciĂłn del impuesto este vigente hasta finales de 2024, podrĂa ampliarse por otro año, en el caso de que prospere la adenda del Plan de RecuperaciĂłn aprobada a principios de junio.
Condiciones para disfrutar de la deducciĂłn
Para acceder a la deducciĂłn, es indispensable comprar un coche elĂ©ctrico o, como mĂnimo, pagar al contado el 25% del importe del vehĂculo dentro del periodo mencionado. En este Ăşltimo supuesto, será necesario pagar el importe restante antes de que concluya el plazo fijado.
Como máximo, se pueden deducir 20.000 euros, dentro de los cuales se incluye tanto el valor de adquisiciĂłn del vehĂculo, los gastos y los impuestos.
La base máxima deductible es de 20.0000 euros
En el caso de que se hayan recibido algún tipo de subvención en el marco de algún programa de ayudas públicas se descontará el importe correspondiente.
Compatibilidad con otras ayudas
La desgravaciĂłn es compatible con las subvenciones del Plan Moves III, una iniciativa dirigida a la compra de vehĂculos elĂ©ctricos y de pila combustible «seminuevos» de hasta doce meses, cuya titularidad sea del propio fabricante o de una empresa de reinting o rent a car.
Cabe recordar que el máximo de vehĂculos de la misma titularidad en cada convocatoria, segĂşn recogĂan las condiciones del programa, es de 250 unidades, mientras que en el caso de los vehĂculos de demostraciĂłn que estĂ©n a nombre del concesionario o punto de venta del fabricante, es de 90.
Atención a la letra pequeña
Tras la entrada en vigor de la iniciativa, algunas organizaciones han advertido a los conductores acerca de la letra pequeña de la desgravaciĂłn. El hecho de que no se incluya al vehĂculo elĂ©ctrico, pero tambiĂ©n que no se adelante el dinero, son algunos de los factores que han despertado más descontento.
Algunas organizaciones alertan acerca de la letra pequeña de la deducción
Asimismo, han alertado que algunas personas que se acojan a la deducciĂłn podrĂan tener que presentar la DeclaraciĂłn de la Renta, pese a que no estar obligadas a ello por no alcanzar el umbral de ingresos anuales mĂnimo.
En todo caso, han hecho hincapiĂ© en que el comprador deberá avanzar el dinero para comprar el vehĂculo elĂ©ctrico este año y esperar, como mĂnimo, hasta abril del prĂłximo año, cuando se dĂ© el pistoletazo de salida a la campaña de la Renta para optar al reembolso de la cuantĂa.
Otras ventajas fiscales
Otro de los beneficios fiscales a los que se puede acceder es una deducciĂłn del 15% para los usuarios que instalen sistemas de recarga de baterĂas para vehĂculos elĂ©ctricos en su propiedad. La desgravaciĂłn, con una base máxima de 4.000 euros anuales, se puede aplicar una vez concluya la instalaciĂłn.
También se ha impulsado un incentivo fiscal en el Impuesto de Sociedades, para favorecer la puesta en marcha de instalaciones de recarga, tanto públicas como privadas.
Concretamente, se ha impulsado una amortizaciĂłn anticipada para quienes instalen esos sistemas de recarga de baterĂas, que podrá ser disfrutada siempre que entren en funcionamiento en 2023, 2024 o 2025. El requisito es que los sistemas de recarga no estĂ©n vinculados a ninguna actividad econĂłmica.