Cómo cobrar una pensión de viudedad y otra de jubilación
La Seguridad Social explica que la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o la de incapacidad permanente
Es posible cobrar a la vez una pensión contributiva de jubilación y una pensión contributiva de viudedad siempre que se genere el derecho para cada una de las prestaciones.
Según explica la Seguridad Social en su página web, «la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho». Lo único que hay que acreditar es, precisamente, el derecho a cobrar esas dos pensiones. Y eso se hace cumpliendo con los requisitos que exige cada una de ellas.
Requisitos de la pensión de viudedad
Existen varios requisitos para cobrar la pensión de viudedad. En primer lugar, el cónyuge superviviente deberá demostrar que existen hijos comunes y que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento. También una convivencia de al menos dos años.
En el caso de parejas de hecho, el superviviente debe acreditar el registro de la pareja al menos dos años antes de la muerte y una convivencia de cinco años o la existencia de hijos en común.
Por otra parte, en casos de separaciones judiciales o divorcios, se debe acreditar el cobro de una pensión compensatoria y que el superviviente no forme parte de una nueva pareja de hecho o matrimonio.
Si la separación judicial o divorcio fue antes de 2008, no se necesitará acreditar el cobro de una pensión compensatoria, en el caso de que entre la separación o divorcio y la muerte pasaron menos de 10 años, el matrimonio tuvo una duración de al menos 10 años y o bien existan hijos en común o el beneficiario tenga al menos 50 años. Tampoco se exige el cobro de una pensión compensatoria del fallecido a las personas víctimas de violencia de género.
Se exige además que el fallecido o fallecida tuviera una cotización mínima de 500 días dentro de los últimos cinco años, aunque solo en casos de muerte provocada por una contingencia común.
Requisitos de la pensión de jubilación
En cuanto a los requisitos para cobrar una pensión contributiva de jubilación, se exige un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales dos deben darse entre los 15 años previos a la solicitud de la jubilación. Además, hay que acceder a ella desde una posición de alta en la Seguridad Social o alta asimilada.
Además, hay que cumplir con la edad de jubilación ordinaria, que en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas con menos de 37 años y seis meses cotizados y de 65 años para las que sí lleguen a esa cantidad. Si el trabajador o trabajadora desea jubilarse de forma anticipada, podrá reducir esta edad en dos o cuatro años, dependiendo de si la jubilación anticipada es voluntaria o involuntaria.