Cómo cobrar más de un subsidio en una misma unidad familiar

Una unidad familiar podrá cobrar dos subsidios a la vez, siempre que el cómputo de los ingresos totales de la misma dividido por los miembros que la componen no supere el 75% del SMI

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El subsidio extraordinario por desempleo es una prestación que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede a aquellas personas que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo (paro) y hayan cesado de forma involuntaria en el último trabajo.

Además de esto, uno de los requisitos fundamentales para cobrar la ayuda es carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y acreditar posibles responsabilidades familiares. Aquí es donde surge la duda de si una misma unidad familiar podría cobrar dos subsidios por desempleo a la vez si entre los dos superan el 75% del SMI.

Según aclara el SEPE, «sí pueden percibirlo otros miembros de su unidad familiar, siempre que cumplan los requisitos exigidos» de responsabilidades familiares y de rentas. A los efectos de percibir el subsidio por desempleo se consideran rentas o ingresos computables: los bienes, derechos o rendimientos de que disponga la persona desempleada y, en su caso, los miembros de su unidad familiar, derivados del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de las actividades económicas y los de naturaleza prestacional, salvo las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo y el importe de las cuotas destinadas a la financiación del convenio especial con la Administración de la Seguridad Social.

Que la renta personal no supere el 75% del SMI

Teniendo en cuenta esto, una unidad familiar podrá cobrar dos subsidios a la vez, siempre que el cómputo de los ingresos totales de la misma dividido por los miembros que la componen no supere el 75% del SMI, es decir, que la renta personal que le corresponde a cada persona de la unidad familiar no supere ese tope.

Actualmente, el SMI es de 1.000 euros al mes, por lo que no se deben superar los 750 euros al mes por persona de la unidad familiar. En cuanto a las responsabilidades familiares que menciona el SEPE, se refiere a tener a cargo al cónyuge o a algún hijo o hija por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad.

Por otra parte, los subsidios tienen un importe de 463,21 euros mensuales, aunque a partir del 1 de enero de 2023, la cuantía aumenta hasta los 480 euros al mes por la revalorización del 3,6% del IPREM y, en consecuencia, de todos los subsidios por desempleo, incluida en los Presupuestos Generales del Estado de 2023.

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