Cheque de 200 euros: los desafortunados que no lo pueden pedir aunque cumplan requisitos
Tres colectivos no podrán recibir la ayuda aunque no superen los ingresos y el patrimonio límite
Desde el pasado 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, se puede solicitar en la web de la Agencia Tributaria la nueva ayuda directa de 200 euros para personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio. Esta ayuda va destinada a paliar el impacto de la inflación en los consumidores.
Según se detalla en la normativa que aprobó la ayuda, el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, este cheque va destinado a personas que durante el año 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena, por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad y también para las que hayan sido beneficiarias de la prestación o subsidio por desempleo.
Además, esas personas solo podrán recibir el cheque si han percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales en 2022 y si tienen un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre del pasado año.
Pensionistas, cobradores del IMV y empresarios
Sin embargo, hay dos excepciones de personas que, cumpliendo estos requisitos de renta y de patrimonio, no pueden recibir la ayuda. Es el caso de quienes cobren el Ingreso Mínimo vital (IMV) y los pensionistas. Según detalla la normativa, se incluyen para esta restricción las pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como prestaciones análogas.
El motivo por el que esos dos colectivos no recibirán la cuantía es porque las pensiones contributivas ya se han revalorizado un 8,5% en 2022 y el IMV y las pensiones no contributivas mantienen una subida del 15% durante todo este año.
Además, a estos dos se suma una tercera excepción: las personas que fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.
La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria, pero, si la Agencia Tributaria la rechaza, el solicitante recibirá una propuesta de resolución denegatoria en la que se indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.