Estas son las comunidades autónomas en las que no tienes que pagar nada como autónomo
Los autónomos de algunas comunidades autónomas tendrán bonificadas el 100% de sus cotizaciones sociales
La cuota cero para autónomos es una subvención dirigida a personas que emprenden por primera vez y que consiste en que, durante el primer y segundo año de actividad, los autónomos tendrán bonificadas el 100% de sus cotizaciones sociales.
El objetivo de esta ayuda es compensar la carga de gasto de los autónomos tras la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización en enero de 2023, un modelo progresivo de cuotas que se desplegará hasta 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajarán su cuota, mientras que se incrementará para aquellos que más ganen.
Este sistema de cotización de autónomos incorpora 15 tramos que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo.
Estas son las CCAA en las que no tendrás que pagar nada como autónomo
Madrid, Andalucía y Murcia bonifican el total de las cuotas a la Seguridad Social de los nuevos autónomos en 2023 de sus Comunidades, a través de la cuota cero, durante 24 meses, tal y como recoge BBVA en su blog.
En Baleares también conceden esta bonificación para cuota cero durante 24 meses, aunque solo a mujeres emprendedoras y para autónomos menores de 35 años. Asimismo, en La Rioja ofrecen esta subvención a nuevas emprendedoras y nuevos autónomos menores de 35 años, aunque únicamente durante el primer año de alta.
No obstante, para poder beneficiarte de la cuota cero, hay que cumplir con una serie de requisitos:
- No haber estado de alta como autónomo en los 2 últimos años.
- No ser autónomo colaborador.
- No encontrarse en situación de pluriactividad.
- No tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.
- Estar dado de alta en la cuota reducida estatal de 80 euros.
- Presentar en la web de su comunidad autónoma la documentación necesaria para el alta en el RETA.
Además, en Madrid existe una particularidad. Y es que, las autónomas con derecho a la tarifa plana por cese debido a nacimiento o adopción de un menor, pueden acogerse a la cuota cero, siempre que reanuden su actividad dentro de los 2 años siguientes a la fecha efectiva del cese.