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Casero o inquilino: estos son los gastos que corresponden a cada uno en el alquiler
Conviene poner especial atención a las condiciones recogidas en el contrato de arrendamiento antes de entrar a vivir en la vivienda
Después del periplo que supone la búsqueda de una vivienda en alquiler llega el momento clave: la firma del contrato de arrendamiento. Como inquilinos es de vital importancia prestar especial atención a las condiciones recogidas en el documento para evitar sorpresas una vez se entre a vivir en la vivienda.
Uno de los puntos que despierta un mayor número de preguntas tanto por parte de los caseros como de los inquilinos tiene que ver con quién tiene la obligación de asumir cada uno de los gastos que pueden surgir durante la estancia en la vivienda.
Cuáles son los gastos que asume el propietario
La legislación vigente deja bien claro que el propietario de la vivienda será el que deba encargarse de la conservación de la misma y de sus instalaciones, siempre y cuando el inquilino haga un uso normal. Conviene tener en cuenta que dentro de este punto se incluye tanto la instalación eléctrica y de agua, como la calefacción, destaca la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Entre los gastos que debe asumir la persona que saca al mercado del alquiler su propiedad también figuran las reparaciones de envergadura, la sustitución de instalaciones y de electrodomésticos incluidos en el alquiler, a excepción de los casos en los que el inquilino haya ocasionado los daños por un uso indebido.
También deberá encargarse de la pintura y limpieza de la vivienda una vez concluya el contrato de alquiler con el objetivo de prepararla para el próximo inquilino. No obstante, en el caso de vandalismo o suciedad extrema deberá ser la persona que haya habitado la vivienda durante el alquiler la que habrá de asumir el coste.
Cuáles son los gastos que asume el inquilino
Además de la cuota mensual del alquiler, el inquilino puede verse en la obligación de afrontar otros gastos. Un claro ejemplo son las pequeñas reparaciones que exige el desgaste por el uso de la vivienda, como el cambio de bombillas o enchufes, asà como arreglar las persianas o la cisterna del inodoro.
La persona que habite la vivienda también deberá encargarse de pagar los recibos de los suministros como el agua, la electricidad, el teléfono o internet. El propietario de la vivienda también podrÃa obligar al inquilino a cambiar los muebles, camas, vajilla o lámparas si se producen desperfectos, a no ser que excluya esta posibilidad de forma expresa en el contrato de arrendamiento.
Los inquilinos deben encargarse de las reparaciones pequeñas derivadas el uso de la vivienda
En el caso de que el inquilino ocasione desperfectos en la vivienda o sus instalaciones por un mal uso o una negligencia, será su responsabilidad asumir los gastos de las reparaciones pertinentes. También cuando se produzcan daños a terceros por culpa del inquilino, por ejemplo, si tiene lugar un incendio en la vivienda.
Conviene tener en cuenta que existen algunos gastos que corresponden al casero, pero que, si se acuerda de forma expresa en el contrato del alquiler puede ser el inquilino el que tenga que asumirlos. El Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (IBI), el seguro del hogar o impago de rentas o la revisión obligatoria de las calderas y el seguro de mantenimiento de las mismas son algunos de este tipo de gastos.
El inquilino también se puede ver obligado a hacer frente a los gastos ordinarios de la comunidad de propietarios, siempre que se especifique en el contrato su importe anual en esa fecha, asà como la contratación del alta de los servicios de luz, agua y gas. A pesar de que el casero el responsable de que la instalación de los suministros esté lista para utilizarse, si se pacta en el contrato puede exigir al inquilino que dé de alta los servicios.