IRPF autónomos: retenciones y modelos fiscales para la Renta 2024
El IRPF es clave para los autónomos, desde las retenciones mensuales hasta las complejidades de la declaración anual
Desde el mismo instante en que un autónomo pone en marcha su negocio, el impuesto sobre la renta de las personas físicas, conocido como IRPF, se convierte en un compañero constante. Al darse de alta en Hacienda, los autónomos quedan automáticamente sujetos a este impuesto, que gravará sus beneficios a lo largo del año mediante retenciones, ingresos a cuenta y la declaración anual de la Renta.
El IRPF afecta a diversos ingresos y gastos del autónomo, y su declaración y pago se realizan a través de hasta cinco modelos distintos, estableciendo una relación directa con la Ley 35/2006 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Este impuesto, que grava los beneficios de todas las personas físicas residentes en España, incluyendo a los autónomos, se rige por principios de progresividad. Cuanto mayor sea el beneficio obtenido, mayor será la contribución al fisco, oscilando entre el 19% y el 47%.
¿Qué autónomos deben incluir IRPF en sus facturas?
Las facturas se erigen como una pieza fundamental en el universo de los autónomos, siendo también una de las principales fuentes de pago del IRPF. Emitir una factura implica, para el autónomo, la responsabilidad de aplicar un porcentaje destinado a cubrir dicho impuesto. Este porcentaje, conocido como «retención», se calcula sobre la base imponible y se convierte en un aspecto clave para evitar errores en la tributación.
En el año 2024, la norma general establece que la mayoría de los autónomos deben aplicar un 15% de IRPF en las facturas dirigidas a otras empresas. Este porcentaje se considera un adelanto por los ingresos futuros que el autónomo recibirá.
Como ejemplo práctico, si un autónomo vende un producto por valor de 1.000 euros + IVA a otra empresa, deberá aplicar un 15% de retención sobre la base imponible, equivalente a 150 euros. Estos 150 euros se deducirán del importe total, siendo el cliente el encargado de transferirlos a Hacienda a través del modelo 111 en nombre del autónomo.
A pesar de la regla general del 15%, existen excepciones para algunos autónomos que podrán adelantar menos dinero en concepto de IRPF. En particular, durante los tres primeros años de estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), así como los artistas, están autorizados a aplicar una retención del 7%. De manera similar, algunos autónomos del sector agrario pueden beneficiarse de una retención más baja, oscilando entre un 1% y un 2%.
Cómo funciona el IRPF de los autónomos y sus formas de tributación
El contribuyente va adelantando a lo largo del año IRPF a Hacienda cada vez que obtiene ingresos y, al año siguiente, “rinde cuentas” con la Agencia Tributaria para ver si ha pagado de más o de menos.
En el caso de los autónomos profesionales, lo normal es que adelanten dinero a Hacienda a través de cada factura que emiten. En esa factura, están aplicando una retención de IRPF que se queda su cliente y que paga por ellos a la Agencia Tributaria.
Después, al cabo de un año, Hacienda analiza todos los ingresos obtenidos y los gastos del autónomo para saber cuáles han sido sus beneficios. Y, a la vez, calcula cuánto ha pagado a través de las retenciones.
Si esos “adelantos” que se han hecho suponen menos dinero de lo que corresponde, el autónomo tendrá que pagar a la Agencia Tributaria. Si, por el contrario, ha pagado más de lo que debería por sus beneficios, Hacienda le devolverá dinero.
Este sería el mecanismo de adelanto mediante facturas. Sin embargo, los autónomos que reciben menos del 70% de sus ingresos a través de facturas con retención, tienen la obligación de declarar este impuesto de manera trimestral para ir adelantando dinero a Hacienda.
Luego, el mecanismo será el mismo: en la declaración anual se verá si han pagado de más o de menos a través de los modelos trimestrales, y la Renta les podrá salir a pagar o a devolver.
Esto sucede solo en estimación directa, ya que en módulos el funcionamiento es distinto y más sencillo: se paga siempre una cuota fija en función de parámetros como los metros cuadrados que tiene el local, o la potencia eléctrica contratada.
Además, el funcionamiento del IRPF también puede cambiar para los autónomos según el método que elijan o por el que estén obligados a tributar. La legislación prevé tres maneras diferentes de pagar este impuesto.
Las tres formas de tributar IRPF que tienen los autónomos son:
- Régimen de estimación objetiva (módulos): Este sistema suele ser opcional y permite a los autónomos pagar un porcentaje fijo -normalmente un 3% o un 4%- de unos rendimientos que se estiman según parámetros objetivos.
- Régimen de estimación directa: A diferencia de los módulos, este sistema es variable y depende de las circunstancias y de los beneficios que cada año tenga el autónomo. Según sus ganancias, tributará en un tramo u otro y, según este tramo, se le asignará un porcentaje entre el 19% y el 47%. Este tipo se aplicará sobre sus beneficios anuales.
- Régimen estimación directa simplificada: Este sistema funciona igual que la estimación directa normal y el autónomo tiene que pagar impuestos en función de los beneficios que obtenga cada año. Sin embargo, tendrá menos obligaciones a nivel contable.
Principales modelos fiscales del IRPF para autónomos
El modelo 130 está destinado a los autónomos en estimación directa con menos del 70% de ingresos a través de facturas con retención. Este modelo les permite adelantar trimestralmente a Hacienda su IRPF, ajustando posteriormente estos pagos en la declaración de la RENTA.
Por otro lado, el modelo 131 opera de manera similar, pero se aplica a autónomos que tributan en módulos, obligándolos a realizar adelantos trimestrales de IRPF.
Ambos modelos deben presentarse entre los días 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre, para realizar los pagos fraccionados del primer, segundo y tercer trimestre. La declaración del cuarto trimestre se realiza entre los días 1 y 30 de enero del año siguiente.
El modelo 111 requiere que los autónomos declaren e ingresen las retenciones de IRPF que han practicado durante el trimestre a sus empleados, proveedores, autónomos o empresarios. Es una declaración obligatoria que debe presentarse a la Agencia Tributaria.
Por otro lado, el modelo 115 se enfoca en las retenciones aplicadas por los autónomos en los pagos de alquiler de inmuebles urbanos. Trimestralmente, los empresarios deben declarar las retenciones de IRPF realizadas al pagar el alquiler de su local al dueño.