Bruselas cuestiona las medidas de España contra la morosidad

La Comisión Europea da más plazo a España para responder sobre las medidas para atajar la morosidad de las administraciones, bajo riesgo de sanción

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una imagen de archivo. EFE/ Víctor Lerena

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La Comisión Europea no ve con buenos ojos las medidas y documentos que ha podido cotejar hasta ahora implementados por España para atajar la morosidad pública.

Por ello, le ha dado una prórroga al plazo de dos meses que le había dado para contestar sobre las medidas correctoras implementadas para las administraciones redujesen sus altos niveles de morosidad, antes de abrir una sanción que sería proporcional al daño causado.

Bruselas volvió a a apercibir a España a mediados de junio a España por no pagar a tiempo a las empresas que contratan sus servicios con la administración, y le dio un plazo de apenas dos meses al país para que pusiese al día sus deudas y reduzca los altos niveles de morosidad que acumula el sector público o de lo contrario iniciaría un proceso de sanción.

Sin embargo, fuentes del Ministerio de Hacienda confirman a Economía Digital que el Gobierno ha solicitado una prórroga para contestar y la Comisión la ha aceptado. «Se trata de un procedimiento habitual dentro de la interlocución con Bruselas», destacan.

Duda de las medida de la Ley de crecimiento empresarial

Aun así, el Ejecutivo ya ha ido trabajando e intercambiando algunos documentos con Bruselas en este tiempo, con un primer informe enviado a mediados de agosto con datos sobre la reducción de los plazos de pago a proveedores en el Estado y las comunidades autónomas, aunque no ha dado una respuesta plenamente oficial.

Desde el área de Mercado Interior de la Comisión Europea altos cargos han solicitado información adicional también a distintos organismos tras ese primer informe insuficiente remitido por España a mediados de agosto con medidas correctoras para esquivar el proceso sancionador. Fuentes conocedoras del proceso señalan que Bruselas no ve suficiente las medidas de la nueva ley ‘Crea y Crece’ que impulsa el Gobierno y sigue estudiante el expediente abierto a España, de forma que si no se adoptan medidas eficaces continuará adelante con la sanción. 

Para combatir el incumplimiento generalizado del periodo máximo de pago entre empresas (60 días) el anteporyecto de la ley ‘Crea y Crece’ del Gobierno recoge incentivos para la reducción de los períodos medios de pago, tanto a través de su valoración en el acceso a las subvenciones públicas, como mediante el refuerzo de la normativa de contratación pública para garantizar que los adjudicatarios abonen en tiempo el precio pactado con los subcontratistas.

De esta forma, el Gobierno impedirá ser beneficiarias de subvenciones públicas o convertirse en entidades colaboradoras a aquellas empresas que incumplan con los 60 días de plazo fijados en la normativa de pagos y modificará la ley de contratación pública para que el pago en tiempo al subcontratista sea tenido en cuenta a la hora de adjudicar los contratos.

Observatorio de la morosidad europeo y español

Bruselas está preparando la elaboración de un Observatorio de Morosidad europeo para realizar el seguimiento y la evolución de los datos de pago de las administraciones públicas de los distintos Estados miembros. El anteproyecto de la ley de Crecimiento empresarial española también recoge que se creará un Observatorio de Morosidad Nacional para estos mismos objetivos y la promoción de buenas prácticas en este ámbito.

Fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital han explicado que este observatorio se creará en el marco del Consejo estatal de la pyme que preside el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y las funciones que llevará a cabo será el seguimiento y la evolución de los periodos medios de pago y la morosidad en operaciones comerciales en aplicación de la normativa europea y española. 

En paralelo, se elaborarán códigos de buenas prácticas comerciales y campañas de concienciación para cambiar la cultura del pronto pago, así como un seguimiento de las directrices de la UE en esta materia, mientras se crea el Observatorio europeo de la morosidad. Las mismas fuentes señalan que será un instrumento “muy útil” para recabar información y cambiar las prácticas morosas para reducir de manera “muy sustancial” este problema y avanzar hacia un pago de empresas “mucho más racional”. 

España, reincidente y con la Ley de Morosidad pendiente desde 2010

La directiva europea sobre morosidad establece que las instituciones públicas deben abonar sus facturas a las empresas que hayan sido seleccionadas para realizar algún servicio en un plazo máximo de 30 días. Mientras que en las contrataciones de los hospitales la horquilla se puede elevar hasta los 60.

Ya en el año 2015 la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción a España relativo a la aplicación de la Directiva Europea por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, si bien lo suspendió a la vista de las reformas aprobadas por el Gobierno del PP presidido por Mariano Rajoy.

Aunque a nivel general la morosidad de las administraciones españolas se ha reducido, lo cierto es que algunas administraciones, como ayuntamientos y ciertas comunidades autónomas, presentan un plazo medio de pago a proveedores muy superiores al límite de 30 días. Cabe tener en cuenta que Europa reclama que ese nivel se registre en todas las administraciones y la responsabilidad de ello recae y se la reclama al Reino de España, encargado por tanto de contener la morosidad en todos los niveles.

El periodo medio de pago del Estado (27,59 días) y de las CCAA (23,19 días) se sitúa por debajo del límite de 30 días, pero el problema reside sobre todo en los ayuntamientos de mayor tamaño, pertenecientes a capitales de provincia y grandes municipios como Hospitalet, Tarrasa o Leganés, en los que se registra un mayor nivel de morosidad (69,09 días).

El nivel es superior al retraso de las entidades locales variables -ayuntamientos de menos de 75.000 habitantes- (55,48 días), aunque en estos últimos también se supera el límite. El total de ayuntamientos paga con una media de 60,46 días, el doble del límite legal y hay 96 ayuntamientos que tardan más de un año, con una deuda de casi 213 millones de euros.

Los ayuntamientos más morosos de España son el de Rubite (Granada), que tarda 1.199 días en pagar, el de Castilleja de Guzmán (Sevilla), con 1.193,8 días, La Bisbal d’Empordà (Tarragona), con 1.163,4 días, y Moraleja de Enmedio (Madrid), con 1.122 días de demora.

En cualquier caso, el Congreso aprobó en septiembre de 2020 un proyecto de ley contra la morosidad que fijaba multas de hasta un millón de euros para los clientes que no pagasen sus facturas a tiempo, si bien el proyecto se encuentra atascado en el proceso de enmiendas y acumula 34 prórrogas, pese a las peticiones durante años de organizaciones como la PMcM, ATA o Cepyme.

De hecho, la ley se publico en 2004, se reformuló en 2010 y se validó en septiembre del año pasado. Además de las sanciones, en caso de infracciones muy grave prevé la prohibición de contratar con el sector público ni licitar concursos, no poder obtener subvenciones públicas, ver suspendidos los créditos ICO y no acceder a nuevos préstamos del ICO, así como un buzón de denuncias anónimas.

PMcM ve una «cortina de humo» la nueva ley

El presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, Antoni Cañete, tilda de «cortina de humo» la nueva ley de crecimiento empresarial del Gobierno que cree que se presenta para  hacer ver a la Comisión Europea que España actúa contra la morosidad y no implementar la ley de régimen de sanciones, y en declaraciones a Economía Digital ha pedido actuar para evitar la sanción.

También critica que se establezca que para acceder a los fondos Next Generation UE sea necesario presentar solo una “declaración responsable” en la que se alegue que se paga en plazo y así poder acceder a los fondos, en vez de imponer unos requisitos y certificado, sobre todo para las empresas de más de 50 trabajadores y aclarar los cálculos de los periodos de pago.

Cañete recuerda que la ley de 2011 de las administraciones públicas establece que si una comunidad o ayuntamiento no paga en tiempo, el Gobierno tiene la potestad para hacer el pago a proveedores y retener la diferencia que hay cuando se hace la transferencia a dicha administración. Además, entonces se estableció que el Ejecutivo estaba obligado a pagar los servicios básicos como las nóminas, el agua o la luz y lo siguiente, antes que a cualquier inversor, pagar a los proveedores. 

El tema de la morosidad del sector público se torna más grave con motivo de la crisis ya que muchas empresas presentan problemas de liquidez y se han endeudado al acudir a los préstamos del ICO que ahora deben devolver.  Y, más grave aún, aparte de la morosidad se dan casos de directamente impagos, con la consecuente pérdida del margen y de la prestación del servicio o la materia prima para a pymes o el autónomo p proveedor. Este nivel subió al 5,4% el año pasado, por lo que el cierre de una de cada tres empresas cerradas se debió a la morosidad. 

En este contexto, la PMcM calcula que si no se implementan medidas para atajar la morosidad en España podrían llegar a tener que echar el cierre unas 500.000 empresas, entre el 15% y el 20% del tejido empresarial español. 

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