Los cinco casos en los que un banco no puede cobrar comisiones
Los bancos no pueden cobrar comisiones asociadas a una cuenta bancaria en ciertas situaciones. La ley protege al cliente en estos supuestos
Una de las principales preocupaciones de los clientes bancarios alimenta las comisiones. Pagar por todos y cada uno de los servicios que presta una entidad supone para centenares de miles de usuarios una gran suma de dinero a final de cada año. Aunque el Banco de España da bastante libertad a las entidades para establecer las comisiones que quieran, también fija derechos para los clientes. Estas son las situaciones por las que se debería reclamar el reembolso de las comisiones cobradas de más.
Al domiciliar la nómina
La gran mayoría de los bancos en 2017 no aplican comisiones de administración ni mantenimiento si disponemos de una cuenta nómina y cumplimos con los requisitos solicitados. Entre los más comunes encontraremos domiciliar ingresos mínimos periódicos, domiciliar recibos y hacer uso de una tarjeta asociada. La normativa, sin embargo, no prohíbe el cobro de comisiones en estos productos adicionales por mucho que el cliente domicilie la nómina, así que está en nuestras manos comparar para evitar pagar más.
Las comisiones en productos adicionales a la cuenta nómina están permitidas: hay que comparar para evitar pagar más
Cuenta asociada a un préstamo
En 2012 quedó modificada la normativa que regulaba las comisiones de una cuenta asociada a una hipoteca u otro préstamo. Hasta ese año, las cuentas que se utilizaban únicamente con el fin de abonar las cuotas mensuales debían ser gratuitas. Pero con la modificación, los bancos tienen ahora libertad para cobrar por este producto. Sin embargo, sólo lo pueden hacer si lo han notificado al cliente con un documento específico donde se determine el importe. En caso contrario, se podrá reclamar el dinero.
Un banco solo podrá percibir comisiones por servicios solicitados en firme
Ahorros en el mismo banco (y patrimonio superior a la media)
En caso de que se disponga de un patrimonio superior a la media y aunque esté vinculado a fondos de inversión, planes de pensiones o seguros, el banco tampoco deberá cobrar comisiones por la operativa básica. El hecho de estar más vinculados con la entidad y aportarles dinero de forma regular debería asegurar, como mínimo, la ausencia de las comisiones.
Sin aviso previo
Los bancos se guardan el derecho de modificar las condiciones de la cuenta bancaria que habíamos contratado originalmente. Es decir, si era gratuita, puede dejar de serlo en cualquier momento. Sin embargo sólo podrían hacerlo si nos lo han notificado con un mínimo de dos meses de antelación. Con este plazo, en caso de que no estuviésemos de acuerdo con las nuevas condiciones, tendríamos tiempo de cancelar la cuenta bancaria y buscar una nueva que fuese totalmente gratuita.
Si no se corresponde con ningún servicio efectivamente prestado
Tal y como recoge la orden EHA/2899/2011 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, “solo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”.