Así afecta una baja laboral a tu pensión
Descubre cómo se calcula la pensión teniendo en cuenta las cotizaciones durante las bajas y cómo se integran los periodos sin cotización en el cálculo final
La cuantía de la pensión de jubilación se determina aplicando un porcentaje a la base reguladora. La base reguladora es un cálculo que se realiza en función de las cotizaciones que ha realizado una persona a lo largo de su vida laboral. La pensión se calcula considerando los años cotizados y otros factores, como la edad de jubilación y los coeficientes reductores.
En el caso de la edad de jubilación, en 2023 la edad legal es de 66 años y cuatro meses, siempre que se hayan cotizado al menos 37 años y nueve meses. Aquellos que cumplan con estos requisitos podrán recibir el 100% de su pensión. Si se superan los años cotizados antes de los 66 años, se puede comenzar a recibir la pensión a los 65 años.
Durante una baja laboral, la empresa para la que trabaja una persona generalmente continúa cotizando por ella, siempre y cuando tenga un contrato vigente. Esto significa que no se deja de cotizar a la Seguridad Social durante el periodo de baja por incapacidad temporal. Aunque el trabajador no esté trabajando, se sigue cumpliendo con las obligaciones laborales en cuanto a las cotizaciones.
¿En qué casos sigo cotizando aunque esté de baja?
Todos los periodos en los que se cotice, ya sea durante una baja laboral o mientras se está en activo, se tienen en cuenta para calcular la pensión de jubilación. Esto incluye situaciones como los periodos de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, las bajas por maternidad o paternidad, el cumplimiento de deberes de carácter público, y la incapacidad temporal debido a enfermedad común, enfermedad laboral, accidente no laboral o accidente laboral.
Sin embargo, es importante destacar que si una persona pasa a estar en situación de incapacidad permanente, su cotización a la Seguridad Social se termina. En este caso, el afectado recibirá una prestación que puede alcanzar hasta el 75% de la base reguladora de la pensión de jubilación, dependiendo del grado de incapacidad.
En cuanto a las personas que han pasado períodos desempleados sin cotizar, es posible que estas lagunas en su historial de cotización afecten a su pensión de jubilación. No obstante, la Seguridad Social tiene reglas para integrar estos periodos sin cotización mediante cotizaciones ficticias.
Para aquellos que hayan estado sin cotizar durante las primeras 48 mensualidades, se integrarán con la base mínima de cotización existente en cada momento. Si hay más de 48 mensualidades sin cotización, el resto de mensualidades se integrarán con el 50% de esa base mínima. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta fórmula no es aplicable a autónomos, trabajadoras del hogar ni trabajadores del Régimen Agrario. En esos casos, los meses sin cotización tendrán un valor cero en el cálculo de la pensión.