Esta es la ayuda para amas de casa de casi 500 euros: cómo solicitarla
Desde octubre de 2022, las empleadas del hogar han de cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)
Tras la entrada en vigor del decreto aprobado por el Gobierno, las empleadas del hogar ya pueden cotizar y acceder a la prestación por desempleo. Con esta medida, es obligatorio que estas empleadas coticen por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y estas cotizaciones estarán bonificadas en un 80% para los empleadores. Según las estimaciones del ministerio de Empleo, la nueva normativa beneficiará a más de 373.000 trabajadoras domésticas inscritas en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social.
En concreto, para poder acceder a la prestación contributiva por desempleo, deberán haber cotizado durante un periodo mínimo de 360 días en los seis años previos a la formalización de la solicitud. Cabe destacar que las cotizaciones comenzarán a tenerse en cuenta desde el 1 de octubre de 2022, cuando entró en vigor el decreto.
¿Qué subsidios pueden solicitar las amas de casa?
Las amas de casa pueden solicitar tres ayudas de carácter ordinario, después de agotar la prestación por desempleo. El importe de estas prestaciones se sitúa en los 480 euros mensuales, puesto que corresponde con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), tal y como destaca el portal Noticias Trabajo. Además, los solicitantes también deberán tener una renta inferior al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
Uno de los subsidios a los que se puede acceder es la ayuda familiar dirigida a las personas que hayan agotado la prestación contributiva y tengan responsabilidades familiares. En relación con la duración, será de seis meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de la edad, según destaca la Seguridad Social.
Otra de las ayudas es el subsidio dirigido a las personas que hayan agotado la prestación contributiva, tengan más de 45 años y no tengan cargas familiares. Asimismo, es indispensable subscribir el compromiso de actividad y estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva. En relación con el pago de la prestación, se llevará a cabo de forma mensual entre los días 10 y 15 de cada mes durante un periodo máximo de seis meses.
Por último, se puede solicitar el subsidio para personas con más de 52 años. Para ello, el solicitante deberá haber cotizado por jubilación en el sistema de la Seguridad Social español durante un mínimo de 15 años, dos de los cuales deberán encontrarse dentro de este periodo, y por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral.
Por otro lado, cabe destacar que la entidad que gestiona la prestación en cada caso, el SEPE o el Instituto Social de la Marina, ingresará las cotizaciones correspondientes a la jubilación en la Seguridad Social. En concreto, la base de cotización por jubilación se situará en el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.