Ayuda de 100 euros por hijo: quién puede pedirla
En el marco de la nueva Ley de Familias se incluirán distintas novedades y ayudas
La nueva Ley de Familias está cada vez más cerca de convertirse en una realidad. Después de que el Consejo de Ministros la haya aprobado, la normativa se remitirá al Congreso de los Diputados, donde se solicitará que se tramite por la vía de urgencia, según explicó la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.
Entre las distintas medidas incluidas en el marco de la nueva legislación, se encuentra el permiso parental de ocho semanas, que se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años. Asimismo, se contemplará un permiso de cuatro días de ausencia para atender a un familiar que requiera de atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.
Dentro de la normativa se avanza en la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, de manera que estas podrán acceder al permiso de 15 días por registro que las personas que se casan. También se crea la denominación de «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza» en la que se incluye a las familias numerosas, pero también a las monomarentales con dos hijos, o las familias donde uno de los ascendientes o descendientes tengan discapacidad, por ejemplo.
Asimismo, se garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que existen en el país, equiparando sus derechos. Por tanto, se reconocerá de forma legal tanto a las familias LGTBI, como las que tengan miembros con discapacidad, las múltiples, adoptivas, reconstituidas o acogedoras, entre otras.
¿Quién puede pedir la ayuda?
Precisamente, una de las medidas contempladas es la prolongación de la renta de crianza dirigida a las familias con hijos hasta los 3 años, que tendrá un importe de 100 euros al mes. La podrán solicitar todas las madres que estén cobrando una ayuda por desempleo, independientemente de que sea contributiva o no. Asimismo, la podrán pedir aquellas que trabajen a tiempo parcial, estén dadas de alta en la Seguridad Social o Mutualidad al menos durante un periodo de 30 días a partir del parto.
También podrán optar al cobro del importe las familias en que uno de los progenitores esté ingresado por un periodo superior a un año, se encuentre en prisión o solo tenga la custodia uno de los dos. Otro de los supuestos en que se puede percibir el subsidio es cuando se produce el fallecimiento de la madre o cuando los progenitores son del mismo sexo.