La ayuda de 1.000 euros que puedes recibir si cumples este requisito
Te explicamos qué ayuda puedes pedir si eres familia monoparental, numerosa o con discapacidad
Ante la actual situación económica, son muchas las familias que tienen verdaderas dificultades para poder llegar a final. debido a la subida generalizada de los precios de estos últimos meses debido a la guerra en Ucrania. Por ello, el Gobierno ha lanzado algunas ayudas como el subsidio por nacimiento o adopción.
Esta prestación económica se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo y la pueden recibir familias numerosas, monoparentales y las madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.
Cuantía
La prestación se abona en un pago único, cuya cuantía asciende a 1.000 euros, aunque hay que cumplir un requisito: que los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido.
«Si los ingresos anuales percibidos, de cualquier naturaleza, superan el límite establecido (Lm) pero son inferiores al importe conjunto que resulte de sumar a dicho límite el importe de la prestación (LM), la cuantía a abonar será igual a la diferencia entre los ingresos percibidos por el beneficiario y el indicado importe conjunto«, explican desde la web de la Seguridad Social.
Además, no se reconocerá la ayuda en los supuestos casos en que la diferencia a que se refiere el párrafo anterior sea inferior a los 10 euros.
Requisitos
Como en la mayoría de ayudas, la Seguridad Social contempla un seguido de requisitos para poder recibir esta prestación económica:
- Residir legalmente en España.
- No percibir ingresos anuales superiores a los límites establecidos anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- No tender derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
Además, también hay que tener en cuenta una serie de aspectos en función de si el solicitante forma parte de una familia numerosa, monoparental o en el caso de madres o pares con discapacidad.
En el caso de las familias numerosas, si existe convivencia entre ambos progenitores tendrá que pedirlo la madre. Si los cónyuges no conviven, el beneficiario será el que tenga la guardia y custodia del hijo. En el caso de familias monoparentales, la ayuda irá al progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado. En el caso de madres o padres con discapacidad, la recibirán quienes acrediten una discapacidad igual o superior al 65%.