Autónomos: cómo reclamar cuotas indebidas de la Seguridad Social
Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a solicitar la devolución parcial o total de los ingresos realizados por error
Los errores en el pago de las cuotas de los autónomos que cotizan en el RETA de la Seguridad Social son habituales. Cuando esto ocurre, estos trabajadores tienen derecho a solicitar la devolución parcial o total de los ingresos realizados por error. Sin embargo, según el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que dirige José Luis Escrivá, aunque se reclame la devolución de ingresos indebidos, en muchas ocasiones solo recibirán una parte o incluso podrían denegarse.
Un ejemplo de ello puede ser cuando un autónomo se da de alta el día 15 de un mes y la Tesorería General de la Seguridad Social cobra por error la cuota íntegra en vez de la mitad correspondiente a los días que ejercerá el alta, según explica Noticias del Trabajo. Por lo tanto, corresponde a la Tesorería del organismo reconocer que los ingresos no se realizan por error, sino que es su responsabilidad.
“En todo caso, el dinero habría de devolverse igual, pues lo contrario podría considerarse como aprobación indebida”, explica al citado medio el presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, Fernando Jesús Santiago.
Los trabajadores por cuenta propia deben saber que el plazo máximo para solicitar la devolución de estos ingresos indebidos es de cuatro años desde el día siguiente del ingreso. A partir de esa fecha el autónomo tiene que estar atento: la Tesorería se quedará con el importe y es importante que cada trabajador pida el reintegro cuanto antes.
Cómo reclamar la devolución
Las solicitudes de devolución de ingresos deben dirigirse a la administración de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del obligado al pago. En caso de que este tenga centralizada su gestión en una administración en concreto, será esta la competente, según explica la seguridad social. Existen, no obstante, algunas excepciones en las que los autónomos pueden acudir directamente la Sede Electrónica de la Seguridad Social para gestionar la solicitud.
Respecto a los plazos para recibir la devolución por parte de la Seguridad Social, una reciente sentencia del Tribunal Supremo confirmó que el organismo tiene hasta seis meses para abonarlos o abrir un proceso de comprobación.