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Atención autónomos y empresas: Declarar el IVA trimestral fuera de plazo conlleva sanciones y recargos
La Agencia Tributaria castiga a quienes no cumplen con los plazos de presentación del IVA con recargos, sanciones y multas
En el complejo entramado fiscal, la presentación del IVA trimestral fuera de su correspondiente plazo se erige como una infracción que nunca queda exenta de consecuencias. La Agencia Tributaria, vigilante incansable, no escatima en penalizar a autónomos y empresas que descuidan los tiempos para la liquidación de este impuesto crucial.
Es importante comprender las distinciones, ya que Hacienda clasifica las penalizaciones en recargos, sanciones propiamente dichas y multas, dependiendo de factores temporales, requerimientos y el valor resultante de la presentación del IVA. Cada trimestre, los autónomos deben cumplir con la obligación de presentar la declaración del IVA mediante diversos modelos. Estos formularios, entregados a Hacienda, detallan el IVA repercutido y soportado durante los últimos tres meses.
Esta danza fiscal, sin embargo, adquiere un tono más oscuro para aquellos que, por diversas razones, descuidan esta obligación. La Ley General Tributaria, en sus artículos 191-206, sirve como el código que rige las consecuencias para aquellos que desafían los plazos establecidos.
Sanciones que pagar si presentas el IVA fuera de plazo
No todas las declaraciones del IVA son iguales, ni tampoco los retrasos con los plazos. Por lo tanto, existen diferentes tipos de multas por no declarar el IVA a tiempo. Si la declaración se realiza fuera de plazo y sin requerimiento previo de Hacienda, no hay multa, sino un recargo adicional sobre el IVA a devolver. Este recargo varía:
- 5% si se presenta en los 3 meses posteriores al plazo.
- 10% entre 3 meses y un día y 6 meses desde el vencimiento del plazo.
- 15% entre 6 meses y un día y 12 meses desde el vencimiento del plazo.
- 20% a partir de los 12 meses, junto con intereses de demora adicionales.
En caso de requerimiento de Hacienda, se aplica una sanción que oscila entre el 50% y el 150% del importe a pagar por el IVA trimestral. Este porcentaje depende del grado de severidad de la sanción, vinculado, entre otras cosas, al importe a devolver, superando o no los 3.000 euros.
Las sanciones oscilan entre el 50% y el 150% del importe a pagar por el IVA trimestral
Declaración de IVA negativa fuera de plazo
Si la declaración del IVA resulta negativa y se presenta fuera de plazo, la sanción se aplica solo con requerimiento de Hacienda. En este caso, la multa fija es de 200 euros, independientemente de la presencia o ausencia de otras sanciones por no pagar el IVA a tiempo.
¿Qué pasa si presentas el IVA fuera de plazo?
El proceso de presentación y pago fuera de plazo sigue los mismos pasos que el procedimiento normal, con pequeñas variaciones. La puntualidad en este proceso es clave para minimizar las sanciones por IVA retrasado. Recordemos que las declaraciones trimestrales y anuales son obligatorias, y no cumplirlas acarrea sanciones económicas por parte de Hacienda.
Plazos para los modelos 303 y 390
Para evitar sorpresas desagradables, es esencial conocer los plazos de presentación del IVA trimestral (modelo 303) y anual (modelo 390), asegurando el cumplimiento puntual de estas obligaciones fiscales.
- Modelo 303: se presenta cada trimestre. El plazo para presentarlo se extiende los 20 primeros días de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero del año siguiente al ejercicio para el último trimestre
- Modelo 390: Se presentará durante los 30 primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración, coincidiendo con el modelo 303 del último trimestre
El modelo 303 se presenta cada trimestre y el 390 durante los 30 primeros días naturales del mes de enero siguiente al año
¿Cómo presento y pago el IVA fuera de plazo?
- Entra en la web de la AEAT
- Acude al apartado para la presentación del Modelo 303
- Haz la presentación con normalidad, rellenando todos los datos sobre el IVA. Recuerda indicar bien el trimestre al que corresponde.
- Envía la presentación
- Cuando recibas la cuantía a pagar, verás el recargo o sanción correspondiente por el retraso
- Procede con el pago como de costumbre.