Atención a las transferencias familiares: Hacienda te vigila
La Agencia Tributaria pone el foco en las transferencias bancarias entre familiares
La llegada de la banca online ha comportado la aparición de nuevas opciones para los clientes, desde pagar una caña a un amigo a través del móvil hasta solicitar un préstamo desde el sofá de casa. A pesar de que las nuevas tecnologías pueden conllevar numerosas ventajas y comodidades para los usuarios, también generan distintos riesgos.
Y es por ello, que la Agencia Tributaria también ha incrementado el número de vías de control para detectar delitos como la evasión de impuestos, el fraude o el blanqueamiento de capitales. Una de las operaciones en las que el fisco ha puesto el foco es en las transferencias económicas entre familiares.
¿Qué operaciones investiga Hacienda?
Un elemento clave para la autoridad fiscal es el importe de la transferencia. Pues, cuando una de estas operaciones supera los 6.000 euros la entidad financiera en la que tiene lugar avisa a Hacienda.
De hecho, si se sobrepasa el límite de los 10.000 euros la Agencia Tributaria puede investigar la transferencia y la persona que la percibe debe justificar la operación en la declaración de la Renta, si no quiere hacer frente a una sanción.
Además, conviene tener en cuenta que las transferencias entre familiares están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Se trata de un gravamen cedido a las comunidades autónomas, con competencias en recaudación y comprobación.
Por tanto, estas regiones tienen libertad para aplicar sus propias normas respecto de los tipos impositivos o reducciones de las bases imponibles, por ejemplo.
También es necesario llevar a cabo los trámites vinculados al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. A pesar de que, en este caso, no se requiere efectuar un pago, si comporta la presentación en un periodo de 30 días de las correspondientes autoliquidaciones, a través del modelo 600.