Atención a las trampas más habituales de los inquilinos con el alquiler
Te explicamos cuáles son las trampas más habituales de los inquilinos con el alquiler de una vivienda
Atención a los propietarios con viviendas en alquiler. ¡Esto os interesa! La Agencia Negociadora del Alquiler y Círculo Legal Barcelona ha explicado a través del portal inmobiliario Idealista cuáles son las principales trampas de los inquilinos de pisos de alquiler.
Entre las diversas «triquiñuelas» de los inquilinos con los pisos de alquiler, la agencia destaca especialmente cinco que tienen que ver con el pago de las mensualidades, el contrato del alquiler y el subarrendamiento de la vivienda o parte de ella.
1. Reversión de transferencias bancarias
Una de las situaciones con las que se han encontrado es la reversión de transferencias bancarias con el objetivo de no pagar desde el inicio del contrato. Esto significa que, «el inquilino envía a la inmobiliaria el justificante de pago de la fianza del primer mes y de los honorarios del agente. La inmobiliaria, como ve que ya está realizada, se efectúa la firma y se entregan las llaves del piso y, automáticamente, el inquilino revierte esa transferencia”, explica Arantxa Goenaga, abogada y socia de Círculo Legal Barcelona.
2. Dejar el piso antes de que finalice el contrato
Otra de las trampas de los inquilinos, es intentar escaparse de pagar la penalización por dejar el piso alquilado antes de la fecha establecida en el contrato. Según los expertos, los inquilinos tienen la obligación de pagar una indemnización, únicamente si consta en el contrato.
Así, «si el inquilino abandonase la vivienda antes del año, tendría una penalización máxima equivalente a una mensualidad de renta por cada año del contrato que restase por cumplir, y para los períodos de tiempo inferiores al año, la parte proporcional de la indemnización», matizan.
3. Utilizar el mes de fianza como alquiler
Utilizar el mes de fianza como alquiler es algo que es ilegal y se recoge en el artículo 36 de la LAU, que regula todo aquello que tiene que ver con la fianza de un alquiler. Por lo tanto, en ningún caso es posible sustituir uno de los pagos mensuales con la fianza para posibles desperfectos. “Esto está prohibido, dejando desprotegido al arrendador”, explica José Ramón Zurdo Orihuela, Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler.
4. Falsificación de documentación
Zurdo ha alertado sobre los inquilinos que facilitan documentación falta, como nóminas o contratos de trabajo falsos para poder alquilar una vivienda.
“Ya no puedes ni fiarte de la documentación que parece real, obligando al agente inmobiliario a chequear si todos los datos son ciertos”, explica.
5. Subarrendar las viviendas e incluir a más personas en la vivienda
El subarrendamiento total de la vivienda es una práctica prohibida por Ley, y cuando se trata de habitaciones se necesita contar con el consentimiento escrito de los arrendadores. No obstante, es una práctica habitual, ya que permite repartir el coste del alquiler y es difícil de detectar por el propietario. De hecho, el subarrendamiento de vivienda es una práctica que puede ser motivo de resolución contractual