Arranca la Campaña de la Renta 2020 marcada por los ERTE y el ingreso mínimo vital

Hacienda permitirá fraccionar los pagos en seis meses a los afectados por ERTE que tengan que declarar y reforzará la atención personalizada

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Vista de la sede de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Madrid. Foto: Efe/David Fernández/Archivo

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La Campaña de la Renta y Patrimonio 2020 da el pistoletazo de salida este miércoles 7 de abril y se prolongará hasta el próximo 30 de junio, marcada por la incidencia de las declaraciones de los afectados por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y los beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV), que tendrán que confeccionar la declaración.

El calendario previsto por la Agencia Tributaria establece que este miércoles arranca la campaña para todos los contribuyentes que opten por la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio, mientras que los contribuyentes que prefieran realizarla por teléfono podrán hacerlo desde el 6 de mayo.

La atención presencial en las oficinas de la AEAT de la declaración empezará a partir del miércoles 2 de junio, lo que supone en torno a medio mes más tarde de la fecha en que habitualmente solía iniciarse antes de la pandemia del Covid que trastocó ya la campaña de IRPF del año pasado.

Para presentar la declaración por Internet se puede usar a través del portal Renta Web introduciendo la clave PIN, el certificado digital, el DNI electrónico o el número de referencia que se obtiene al introducir uno de los datos de la declaración del año pasado. 

La Campaña de 2020 concluirá el 25 de junio en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria, si bien el plazo de finalización en general es el 30 de junio. Aquellos que elijan el fraccionamiento del pago de la declaración tendrán que realizar el segundo abono como límite el 5 de noviembre.

¿Quién tiene que declarar?

Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros, pero si cuentan con dos o más pagadores (como sería el caso de un empleador y del SEPE), ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.  

El pasado año unos 327.000 contribuyentes afectados por ERTE han pasado a estar obligados a declarar por este motivo (dos pagadores y el segundo de ellos con importe superior a 1.500 euros).  

El SEPE no tiene obligación de retener cuando las cuantías que ha abonado durante el año no superan los 14.000 euros, si bien el contribuyente puede solicitar en su momento que se le retenga o se le aplique un porcentaje mayor de retención. 

Aquellos contribuyentes con dos pagadores no abonarán más impuestos que los de un solo pagador, si bien el asunto podría complicarse en los casos en los que las aportaciones de segundos y demás pagadores no hayan estado sujetas a retenciones o sí, pero en niveles inferiores a los que corresponderían.  Les saldrá a pagar para compensar ese menor abono de retenciones anterior.

El CEO y cofundador de TaxDown, Enrique García, explica a Economía Digital que es muy probable que a la gran mayoría de afectados por ERTE sí les salga a pagar, ya que los paros del SEPE no llevan retención, y calcula que a gran parte de ellos tendrán que abonar en torno a 1.000 euros.

Afectados por ERTE: carta y fraccionamiento en seis meses

Y es que algunas de las medidas aprobadas por el Gobierno para paliar los efectos de la Covid-19, como los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), el ingreso mínimo vital o la prestación de cese para autónomos tendrán consecuencias de cara a la declaración de la Renta de 2020 de estos colectivos.

Por ello, a Agencia Tributaria ha iniciado el envío de las cartas informativas al colectivo de 327.000 afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) que el año pasado no tenía que declarar y este año sí deberá confeccionar la declaración de la Renta.

El envío de estas cartas informativas se dirige a ese porcentaje de afectados por un ERTE que sí tendrán que elaborar la declaración de IRPF del año 2020 este año aunque el pasado ejercicio no estuviesen obligados, con información sobre el caso de cada contribuyente para facilitar el abono de las retenciones a desembolsar.

Además de a estos 327.000 nuevos declarantes afectados por ERTE, también se remiten cartas informativas a los titulares de los 460.000 beneficiarios del ingreso mínimo vital. Por tanto, recibirá la misiva un número bastante inferior al del total de beneficiarios de esta prestación, ya que en el hipotético caso de un hogar con cuatro beneficiarios por esta prestación, solo la recibiría el titular que la demandó.

Ante este contexto, la Campaña de la Renta trae como novedad que la AEAT permitirá a los declarantes afectados por un ERTE que no tengan deudas de más de 30.000 euros fraccionar sin intereses el pago del IRPF durante seis meses, entre el 20 de julio y el 20 de diciembre, por lo que podrán realizar los pagos en seis veces, según la orden de Hacienda publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Hasta la fecha la AEAT permitía dos fraccionamientos, el abono del 60% al término de la campaña y el 40% restante antes del 5 de noviembre, si bien ahora permitirá a los afectados por ERTE con resultado a pagar realizar los desembolsos hasta en seis ocasiones

Los 460.000 beneficiarios del Ingreso mínimo tendrán que declarar 

Respecto a los más de 460.000 beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), de los cuales más de 226.000 son menores de edad, también están obligados a presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. Eso sí, el IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración. 

Los titulares de estas prestaciones recibirán en sus domicilios también una carta informativa de Hacienda con el detalle de sus casos y los datos necesarios de cara a la confección de la declaración.

No obstante, deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el IPREM) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientos.  

Solo se tributará por ese exceso y para la gran mayoría de supuestos, la declaración será muy sencilla, sin ingresos que incorporar y con cuota cero (ni a ingresar, ni a devolver). 

En cuanto a los autónomos, aquellos que hayan percibido la prestación por cese de actividad aprobada por el Gobierno para paliar la pandemia también tendrán la obligación de confeccionar la declaración, ya que dicha prestación es similar al pago por desempleo para los asalariados al considerarse un rendimiento del trabajo y, por tanto, tributa en el IRPF.

Refuerzo de la atención personalizada y telemática

Además del envío de las cartas informativas con datos referidos a la declaración y los fraccionamientos, la Agencia Tributaria ya ha puesto a disposición de los contribuyentes los datos fiscales al publicar el portal web de la campaña, de modo que todos los ciudadanos que lo deseen puedan adelantar las gestiones dirigidas a la presentación de su declaración de Renta 2020.

Desde el pasado 23 de marzo el sistema Renta WEB Open permite a los contribuyentes realizar simulaciones de posibles declaraciones de Renta, y aunque los cálculos y pruebas realizados con este programa no dejan presentar las declaraciones, sí permiten a los usuarios saber si su declaración da como resultado pago o devolución.

De igual forma, la Agencia Tributaria va a reforzar la asistencia personalizada en la Campaña de 2020 con el objetivo de facilitar la presentación de la declaración de la Renta y para la resolución de dudas y especificaciones a todos los perceptores de estas prestaciones del SEPE que así lo precisen.

De hecho, ha suscrito un acuerdo trienal con las organizaciones sindicales (CSIF, UGT y CCOO) con el que también se potenciarán todos los medios telemáticos al alcance de la ciudadanía, así como la atención personalizada.

Errores del SEPE: excesos de nómina y su regularización

Las complicaciones en la nueva campaña provendrán sobre todo de los errores realizados por el SEPE en los pagos, como nóminas superiores a las correspondientes no regularizadas. La situación variará en función de dos supuestos básicos: si el SEPE ha iniciado o completado el expediente de reintegro por esos excesos o no en el momento de la declaración.

En cualquiera de los casos, si el contribuyente puede conocer la cantidad que debe devolver al SEPE podrá presentar la declaración con un resultado, en términos de impuesto final, igual al que realmente corresponde.  

En el supuesto de que el reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE ya se haya producido en 2020, no habrá inconvenientes, ya que a la AEAT le constará la parte de la nómina correspondiente sujeta a tributación. Si no se ha regularizado, el contribuyente puede corregir datos fiscales, dado que reflejarán una nómina mayor a la correspondiente. 

Si el SEPE ha iniciado el procedimiento de regularización, lo comunicará a la Agencia Tributaria y en los datos fiscales la Agencia informará al contribuyente de los dos importes, el inicialmente abonado por el SEPE y el de la devolución ya practicada, o pendiente de realizar por el contribuyente al SEPE.  De estar de acuerdo, el contribuyente presentará su declaración con normalidad sin tener que solicitar posteriores rectificaciones. 

En el supuesto de que el SEPE no haya iniciado el procedimiento de regularización, si el SEPE ha comunicado a la AEAT que ha detectado cuantías indebidamente percibidas, la Agencia informará al contribuyente en datos fiscales de que existe una cantidad pendiente de devolución al SEPE, pero no podrá concretar su cuantía al no conocerla.  

Ante la duda, retrasar la declaración 

Desde el Consejo General de Economistas recomiendan a los contribuyentes que no tengan regularizada su situación con el SEPE y tengan dudas en sus datos retrasar la presentación de su declaración hacia el final de la campaña. 

El secretario técnico del REAF-Consejo de Economistas, Luis del Amo, aconseja que si no se tienen claros los datos se atrase la presentación de la declaración de IRPF a más adelante, ya que el SEPE y la AEAT está en contacto y se irán volcando los datos. La otra opción sería presentar la declaración y posteriormente una rectificación, ya con los datos correctos proporcionados por el SEPE. 

El secretario general de los Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, explica a Economía Digital que los afectados por ERTE no tienen por qué retrasar o anticipar su declaración, salvo aquellos que hayan cobrado indebidamente cantidades del SEPE una vez se han reincorporado a su puesto de trabajo.

Si esas cantidades se pidieron el reintegro en 2020 en el borrador tendrán la declaración correcta, pero si el reintegro se va a producir este año, si se ha producido, los afectados podrían esperar un tiempo a que se produzca una vez se coordinen el SEPE y la AEAT y adoptar la cantidad correcta correspondiente a la declaración de las prestaciones pagadas en 2020.

Hacienda recomienda que si el contribuyente desconoce la cantidad que debe devolver, consulte al SEPE la cuantía exacta o aproximada de esa devolución que debe realizar, aunque también sugiere la opción de retrasar la declaración a la espera de los datos correctos. 

La AEAT viene manteniendo contactos con el SEPE para ir recibiendo ficheros con datos actualizados periódicamente, a medida que el SEPE va gestionando expedientes de reintegro de cantidades abonadas en exceso.  El sistema Renta Web permite actualizar la información disponible cada vez que se inicia la sesión, algo que sabrá el contribuyente.

Desde TaxDown recomiendan que los contribuyentes realicen las declaración cuanto antes y no confirmen el borrador hasta estar totalmente seguros de que su declaración está bien hecha y tienen aplicadas todas las deducciones que les corresponden.

Otras novedades

Otras novedades de la Campaña de la Renta se centran en los donativos, ya que el Gobierno ha aprobó el alza de la desgravación del 75% al 80% para los primeros 150 euros donados y del 30% al 35% para el resto, si bien el porcentaje se eleva al 40% si el donativo a una misma entidad no ha disminuido en los tres últimos años, recuerda Gestha.

Además, en cuanto a las deducciones por maternidad, aquellas madres que hayan estado bajo un ERTE no podrán optar a la deducción por los meses que hayan estado bajo ese mecanismo, salvo en los casos en los que el ERTE haya sido a tiempo parcial o de reducción de horario, al igual que si se trata de deducciones por familia numerosa o discapacidad, que podrán aplicársela.

De su lado, los beneficiarios de ayudas del Gobierno a la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables tendrán que declarar dichas ayudas en el IRPF y podrían tener que abonar por ellas hasta 1.650 euros al considerarse una ganancia patrimonial, según el cálculo del portal especializado Unoauto conforme a estimaciones de Gestha.

Riesgo de hackeo

Como ya ha sucedido en otras ocasiones, el Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe) ha alertado sobre un aumento en el número de ciberestafas con motivo del inicio de la Campaña de la Renta, tras detectar una nueva campaña de phishing a través de correos electrónicos suplantando a la Agencia Tributaria.

El mensaje, que en su mayoría contienen logotipos oficiales, informa al usuario de una supuesta acción fiscal registrada en su base datos y para consultarla facilita dos enlaces de acceso a la sede electrónica que descargan un archivo malware, según ha informado Incibe.

Por ello, en caso de recibir una notificación por parte de la Agencia Tributaria u organismo gubernamental,  Incibe recomienda acceder a través de la sede electrónica para comprobar las notificaciones o avisos recibidos, pero nunca a través del enlace contenido en el cuerpo del mensaje.

La campaña de 2019, marcada por la Covid

Este año será el segundo en el que la Campaña de la Renta se verá afectada por las consecuencias de la crisis de la Covid, después de que la realizada en el año 2020, correspondiente al ejercicio fiscal 2019, se presentaron un total de 20,99 millones de declaraciones, un 1,9% más. De ese total, 14,41 millones (-0,24%), el 68,6% del total, salieron a devolver, con un importe de 11.163 millones de euros (+3%), y 5,59 millones (+5,2%) resultaron a ingresar, por total de 12.650 millones de euros (+5,9%).

Mediante la web se presentaron 19,1 millones de declaraciones, un 6,7% más, y a través de la aplicación móvil más de 363.000 declaraciones, un 25,5% más, al tiempo que aumentaron las declaraciones confeccionadas a través de cita previa por el plan ‘Le llamamos’, reforzado por el Covid, con más de 1,15 millones de declaraciones, seis veces más respecto a las 239.000 del ejercicio anterior, evidenciando la preferencia de los contribuyentes de evitar contactos.

No obstante, a pesar de que se redujo a la mitad la atención presencial por las medidas de seguridad, se presentaron en oficinas casi 319.000 declaraciones, frente a los 2,1 millones del año previo, un 75% menos dadas las limitaciones.

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