Los altos funcionarios, en pie de guerra contra el Gobierno por «discriminarles» del teletrabajo
Los altos funcionarios denuncian que la normativa de teletrabajo, cuya aprobación se retrasa a finales de febrero, "discrimina" a los directivos y exigen que se pueda combinar el trabajo presencial y a distancia en la misma jornada
El decreto que regulará el teletrabajo en la Administración General del Estado, que se aprobará en febrero y su aplicación completa regirá desde agosto, ha hecho puesto en pie de guerra a los altos funcionarios al denunciar la «grave discriminación» que incluye la norma entre los diferentes cuerpos al excluir del trabajo a distancia a los directivos.
Así lo señalan a Economía Digital en fuentes de la Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca), después de que la organización haya trasladado sus alegaciones al proyecto de real decreto por el que se regula el teletrabajo en la AGE, cuya aprobación se retrasa a finales de febrero, de forma que su entrada en vigor podría producirse en marzo, según apuntan desde CSIF, CCOO y UGT a este medio.
Fedeca hace una valoración favorable sobre la nueva normativa, pero no comparten del borrador de la norma el «desafortunado» veto de acceso al teletrabajo, tanto de forma directa como indirecta, del personal directivo que establece el artículo 7 de la norma.
A su juicio, se trata de una «grave discriminación» entre los diferentes cuerpos, máxime máxime cuando la propia normativa establece que las tareas de asesoría y coordinación son especialmente idóneas para el teletrabajo, por lo que resulta contradictorio que se vete de forma anticipada a los directivos del mismo cuando son los que en mayor medida desempeñan estas funciones.
Combinación de las modalidades de trabajo
Los altos funcionarios también critican que los directivos no puedan teletrabajar pero todo su equipo sí, de forma que podrían darse circunstancias peculiares en las que se produzcan reuniones telemáticas al tiempo que presencial. Piden por tanto que se suprima la referencia y se haga una valoración de los puestos directivos, en línea como se hace con todos los puestos de trabajo de la AGE, de forma que tras dicha evaluación en algunos casos los directivos podrán teletrabajar y en otros no.
Desde el pasado mes de octubre el Ministerio de Hacienda y Función Pública retomó la presencialidad en la AGE, salvo algunas excepciones, restringiendo el trabajo telemático a los empleados públicos a un máximo de un día semanal, el 20% de la jornada, frente a los cuatro días de teletrabajo que tenían hasta entonces con motivo del Covid, con la posibilidad de combinar las opciones, es decir, alternar el teletrabajo o el trabajo presencial a lo largo del mismo día.
Sin embargo, el nuevo decreto de teletrabajo fijará la posibilidad de trabajar a distancia tres días, un 60% de la jornada semanal, pero elimina la posibilidad de combinar las opciones y tienen que ser jornadas completas de teletrabajo o desempeño presencial. Fedeca pide que se mantenga la posibilidad de combinar en aras de favorecen la conciliación con la vida familiar y la vida personal.
Igualmente, solicitan que frente a la rigidez de una jornada teletrabajada del 60% (tres días a la semana), haya situaciones intermedias, de forma que los funcionarios puedan solicitar un teletrabajo de un 30% o un 20% también (un día y medio o un día de teletrabajo, por ejemplo, si así lo desean), en funciones de sus necesidades, lo que podría también ser mejor visto por los encargados de coordinar los distintos equipos, frente a la imposición de tres días de teletrabajo a todos.
No a la exigencia de un año en el mismo puesto
Desde Fedeca también quieren hacer ver la situación de un número de funcionarios de distintas administraciones con lo que se conoce como «puestos mochila», referidos al caso de empleados públicos que no forman parte de la relación de puestos de trabajo, y por lo tanto no computan al no ocupar un plaza, pero se les crea un puesto de nivel similar con las mismas funciones y derechos.
Con la nueva normativa se exige. que se lleve un año en el mismo puesto de trabajo para poder teletrabajar en relación a ese puesto de trabajo, por lo que Fedeca demanda que se valore un año de experiencia en esa función u otras similares, no necesariamente en el mismo puesto de trabajo.
Ello evitaría la práctica imposibilidad de muchos funcionarios de poder optar al teletrabajo, ya que en algunos cuerpos administrativos con gran movilidad, como los diplomáticos, a veces mantienen el mismo puesto unos dos años, de forma que apenas podrían optar a un año de teletrabajo.
Además de todas estas alegaciones, en Fedeca abogan porque el instrumento del teletrabajo favorezca la conciliación, pero que no sea necesariamente la única herramienta, sino que se avance también en la flexibilización de horarios. «Si se orienta a objetivos con flexibilización de horario y teletrabajo se logrará una Administración verdaderamente preparada para la conciliación; si solo hay teletrabajo se queda algo escaso», remarcan, incidiendo en la importancia de lograr los objetivos para dar el correcto servicio a la ciudadanía.
Trasladan sus quejas a Hacienda
El trámite de audiencia pública para que todos los colectivos e interesados presentasen alegaciones finalizó el pasado 4 de enero, por lo que todavía el texto es susceptible de modificaciones y los altos funcionarios cuentan con esta baza para intentar corregir esa «discriminación» recogida en la norma.
De hecho, este lunes Fedeca le trasladará sus inquietudes a la directora general de FP, Isabel Borrel, que les recibirá para abordar sus alegaciones. «Que se aborde el teletrabajo nos parece positivo, lo llevamos reclamando desde hace mucho tiempo, con. la pandemia ha funcionado y tiene que funcionar ahora, pero si funcionó en tiempo récord y la Administración con sus deficiencias siguió funcionando fue gracias a que los cuerpos superiores tuvieron la capacidad de reorganizar«, remarcan desde Fedeca.
En la organización confían en lograr que se introduzcan sus reivindicaciones ya que sus peticiones no afectan a los términos de la negociación colectiva en los que se concretó el real decreto y no supone un «cambio radical», sino la eliminación sobre todo del artículo 7 que no alteraría el sentido de la norma.