En estos casos es ilegal que te suban el alquiler
Si el propietario incumple alguna de las normas de la nueva Ley de Vivienda se puede anular el aumento del alquiler
La puesta en marcha de la Ley de la Vivienda ha llevado a replantear la relación entre propietarios e inquilinos, además de cambiar las reglas de la negociación y las comisiones con las agencias inmobiliarias.
Uno de los puntos clave de la nueva ley es cómo se regulan los aumentos de las rentas, donde en ocasiones no se sabe qué hay casos donde incrementar el alquiler puede ser ilegal.
La obligación de avisar al inquilino
Con la nueva ley es obligatorio que el propietario tenga que avisar a su arrendatario que le subirá el alquiler. En caso de que no se lo informe, el aumento será inválido.
La obligación de anunciar el aumento del alquiler busca frenar las presiones para que los inquilinos se marchen
De esta manera, se busca evitar los abusos de aumentos sorpresivos, que en muchos casos tenían como objetivo presionar al inquilino a que se marche.
Esta notificación se tiene que realizar con al menos un mes de anticipación y antes que se cumpla un año de la firma del contrato.
La Ley de la Vivienda lo precisa con claridad cuando dice que, mientras dure el contrato la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario “en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato”, y en los términos que hayan pactado ambas partes.
Si no está ese acuerdo, “no se aplicará la actualización de la renta a los contratos”, precisa la nueva normativa.
Los aumentos con la nueva Ley de la Vivienda
En cuanto al aumento, solo podrá ser del 2% y a lo sumo, para el año que viene del 3%, incremento que también depende si el inmueble se encuentra en las denominadas ‘zonas tensionadas’; como se considera a los puntos urbanos donde las rentas han aumentado tres puntos por encima del IPC autonómico en cinco años.
En caso que el propietario pretenda aumentar más allá de este índice el inquilino puede denunciarlo para restringir el alza a lo que marca la ley. Si no se cumple, el aumento quedará anulado.