Los afortunados que tienen derecho a 12 años de teletrabajo
Te explicamos quiénes pueden solicitar la nueva norma de la Ley de Familias y cuál es el plazo según el caso
La Ley de Familias, aprobada recientemente, amplía los derechos de los trabajadores en materia de conciliación de la vida familiar y laboral. Según la ley, los trabajadores tienen derecho a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de la jornada de trabajo, así como en la forma de prestación del trabajo, incluido el teletrabajo, para conciliar su vida familiar y laboral.
Esta solicitud se puede realizar hasta que los hijos o hijas cumplan 12 años, o incluso en casos de necesidades de cuidado para personas dependientes. La nueva ley establece un plazo de 15 días para que el empleador responda a la solicitud del trabajador, y en caso de que se oponga, debe ofrecer una alternativa o motivar objetivamente su decisión. Si hay desacuerdos entre el trabajador y la empresa, estos se resolverán en la jurisdicción social.
¿En qué casos se puede solicitar?
La nueva normativa establece que las parejas de hecho se equipararán a los matrimonios en algunos derechos. Por ejemplo, las parejas de hecho tendrán derecho a disfrutar de 15 días libres en el trabajo y a tener 5 días de permiso por enfermedad u hospitalización de la pareja o parientes de segundo grado.
También se establece el derecho de cobrar pensión de viudedad por fallecimiento del cónyuge, siempre y cuando la pareja de hecho haya estado formalizada durante al menos dos años antes del fallecimiento, y en el caso de matrimonio un año. Esto significa que las parejas de hecho podrán disfrutar de este derecho si pueden demostrar que han mantenido una relación estable y duradera durante un periodo mínimo de tiempo.
Esto también afecta al artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores y establece que los despidos de trabajadoras embarazadas desde el inicio del embarazo hasta que se toman la baja, de empleados en periodo de suspensión del contrato por nacimiento, adopción o riesgo de embarazo, y de trabajadores una vez que se reincorporan a su puesto tras estas bajas, son nulos.
En cuanto a las excedencias, la nueva norma establece que los trabajadores tienen derecho a solicitar hasta tres años para atender al cuidado de cada hijo y hasta dos años para atender al cuidado del cónyuge o familiar de hasta segundo grado por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad.
Estos periodos de excedencia podrán disfrutarse de manera fraccionada y se computarán como antigüedad laboral. En cuanto a los permisos de paternidad, se ampliarán a seis semanas en 2023 y a ocho semanas a partir de 2024.