Acoso laboral: cómo frenar a tu jefe
Existen distintos tipos de acoso laboral o mobbing que pueden ser denunciados tanto por vías internas de la empresa como a través de vías externas
El mobbing o acoso en el trabajo es considerado un riesgo laboral y puede ser ejercido de manera física o psicológica. Según el psicólogo Heinz Leymman, el acoso laboral consiste, de manera genérica, en “cualquier manifestación de una conducta abusiva» y, especialmente, «los comportamientos, palabras, gestos, actos y escritos que pueden atentar contra la personalidad, la dignidad o la integridad psíquica o física del individuo y que pueden poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo”.
Por otra parte, según el Instituto Nacional de seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), el acoso psicológico es “una situación en la que una persona o un grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente (al menos una vez a la semana), durante un tiempo prolongado de tiempo (más de 6 meses) sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima; su reputación; perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona acabe abandonando el lugar de trabajo”.
En cuanto al acoso físico, según UGT se define como «el empleo de la fuerza física en el trabajo contra otra persona o grupo que produce daños físicos, sexuales o psicológicos. Estarían incluidas entre ellas las palizas, bofetadas, puñaladas, empujones, mordiscos y pellizcos».
Pasos para denunciar el acoso
Si has sufrido alguna de estas situaciones, debes saber que existen cauces judiciales, administrativos e incluso procedimientos dentro de la empresa para denunciar el acoso, tanto por parte de un compañero como de un superior jerárquico. Pero, ¿cuáles son los pasos?
Lo primero es denunciar los hechos por escrito a la dirección de la empresa, aportando toda la información que acredite la situación de acoso. En segundo lugar, se deberían poner los hechos en conocimiento de los delegados y delegadas de prevención de riesgos laborales o del Comité de Seguridad y Salud de la empresa, si esta contara con uno, para que inicie el protocolo de actuación frente a la situación. También sería oportuno comprobar si en tu convenio colectivo existe un protocolo frente al acoso y si fuera así activarlo.
Sin embargo, estas vías pueden ser complicadas en una situación de acoso laboral. Por ello existen vías externas para denunciar.
Las vías externas para denunciar el acoso
Por la vía administrativa, puedes denunciar a la Inspección de Trabajo, que abriría acta y podría sancionar a la empresa por infracción de riesgos laborales, obligándola al cese de la situación de acoso.
Por la vía judicial, se podría denunciar la vulneración del derecho fundamental a la integridad moral. En este caso se solicitaría el cese de inmediato de la actuación que provoca la lesión del derecho fundamental y una indemnización por daños y perjuicios. Se puede solicitar como medida cautelar la suspensión de la relación laboral mientras se dirime el proceso judicial, de manera que no tendrías que acudir al puesto de trabajo mientras que dure el pleito si el juez lo estima procedente.
Si la situación no se puede reconducir a un ambiente adecuado de trabajo, puedes pedir la extinción de la relación laboral por incumplimiento contractual del empresario con motivo del acoso laboral. Si el juez considera probada la situación de acoso laboral, aunque la extinción de la relación laboral sea a instancias del trabajador, este recibiría la indemnización correspondiente a un despido improcedente.