6 cosas que debes saber antes de contratar una hipoteca

Te explicamos algunos puntos que debes tener en cuenta antes de firmar una hipoteca

Una persona firma un contrato. Pixabay.

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Pedir una hipoteca es una de las decisiones más importantes a la hora de comprar una vivienda por el gran desembolso económico que supone. Por ello, es importante conocer bien en qué consiste, cómo funciona y que tipos de hipotecas ofrecen las entidades bancarias.

Antes de la firma es importante establece cuáles son las claves para evaluar previamente nuestras capacidades financieras para poder afrontar el pago. Estas son algunos puntos a tener en cuenta antes de firmar una hipoteca, según publica Caixabank en su blog:

1. Plazo de una hipoteca

El plazo de una hipoteca lo puedes elegir tú en función de tu economía. No obstante, hay que tener en cuenta que cuanto más año, menos pagarás al mes, pero pagarás intereses durante más tiempo.

También, hay que recordar que normalmente las entidades bancarias ofrecen un plazo máximo de hasta 30 años, siempre y cuando, el titular no alcance los 75 años al vencimiento de la hipoteca.

4. Documentación

Los asalariados tendrán que aportar el NIF, una justificación de ingresos (tres últimas nóminas, alquileres, rentas, etc.) y el contrato de trabajo, además de la última declaración anual del IRPF y la declaración de bienes firmada o impuesto sobre el patrimonio.

En cambio, los autónomos, tendrán que entregar el NIF, la declaración de bienes firmada o impuesto sobre el patrimonio, el resumen anual del IVA (modelo 390), el resumen anual de retenciones a cuenta del IRPF, las declaraciones del año en curso y el pago del impuesto sobre actividades económicas (IAE).

Así como las tres últimas liquidaciones a la Seguridad Social, el pago del recibo de autónomos, la declaración anual de operaciones con terceros, el certificado conforme estás al corriente del pago con la Seguridad Social y el certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias.

https://www.economiadigital.es/economia/nuevo-aviso-de-la-ocu-que-afecta-a-los-clientes-con-hipotecas-de-tipo-variable.html?amp=
Hipoteca

En ambos casos, hay que entregar la escritura acreditativa de la vivienda que deseas comprar inscrita en el Registro de la Propiedad, el último recibo del IBI del inmueble para hipotecar, el contrato de arras y el certificado de estar al corriente del pago de las cuotas de la comunidad de propietarios.

2. Hipoteca fija o variable

En una hipoteca a tipo fijo, siempre pagarás el mismo interés. De esta forma, pase lo que pase, tu cuota para pagar no cambiará. En cambio, en una hipoteca a tipo variable, el tipo de interés varía dependiendo del euríbor, el índice al que se referencian estas hipotecas en España.

3. Coste

El coste total de la hipoteca, en caso de contratarla sin bonificaciones, es el capital, más el interés a lo largo de la vida de la hipoteca, más el coste del seguro de daños, el coste de mantenimiento de la cuenta y la tasación que te corresponden pagar.

4. Cambio de hipoteca a otro banco

Subrogar tu hipoteca, es decir, cambiar una hipoteca ya firmada a otra entidad, es posible. No obstante, esto puede conllevar una modificación en algunas de las condiciones del préstamo, como el tipo de interés al que está sujeto.

Por ello, aunque otro banco te pueda ofrecer mejores condiciones, hay que tener en cuenta una serie de factores con el objetivo de conseguir una rebaja del tipo de interés, una reducción de la vinculación y, si es posible, una eliminación de comisiones en la futura hipoteca. 

5. Amortización hipoteca

Una hipoteca se puede amortizar de dos formas, total o parcialmente. En el caso de una amortización total, se produce la devolución de todo el importe y se finaliza el contrato y todas sus bonificaciones. En cambio, en la parcial, amortización total, el importe se reduce del total del préstamo y de los intereses correspondientes.

6 Traspaso de hipoteca por fallecimiento

Hay que saber que, cuando alguien fallece, los herederos no solo reciben los bienes y derechos sino que además, las obligaciones y cargos (como podría ser la hipoteca).

Sin embargo, según el Código Civil, la herencia es un derecho y no una obligación, así que los herederos pueden renunciar a ella. Si el fallecido tenía abierta una hipoteca, los herederos disponen de tres opciones:

  • Aceptar la herencia, junto con la hipoteca y el resto de deudas pendientes.
  • Si no se ve capaz de hacer frente a la hipoteca del fallecido, se puede rechazar la herencia por completo.
  • Aceptar la herencia a beneficiario de inventario. En ese caso, los herederos recibirán la parte restante de la herencia tras haber pagado la hipoteca.
Economía Digital

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